Indecopi sanciona a eléctrica Seal por abuso de posición de dominio (*)

Escribe: Paul Anthony SILVA QUISPE

Estudiante de 2do año de Derecho de la UNMSM

Fuente: http://www.gestion.pe (*) Redacción Gestión. 2021. “Indecopi sanciona a eléctrica Seal con multa de S/ 4.4 millones por abuso de posición de dominio”. Gestión, 01 de noviembre. Acceso el 04 de noviembre de 2021. Fuente foto: http://www.diariocorreo.pe

I. Introducción

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) tiene entre sus funciones defender la libre competencia, en el marco del modelo económico que rige el país, mediante facultades que le permiten sancionar las conductas anticompetitivas, como el abuso de la posición de dominio. En ese sentido, haciendo uso de dichas facultades, Indecopi sancionó a Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (Seal), después de determinar que se produjo un abuso de posición de dominio por el trato discriminatorio que recibieron ciertos usuarios en Arequipa.

II. Abuso de posición de dominio por parte de Seal

El 22 de junio de 2018, Atria Energía S.A.C. presentó una denuncia contra Seal por presunto abuso de posición de dominio en la modalidad de aplicación injustificada de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes en el mercado de suministro de energía eléctrica. Este trato discriminatorio perjudicaba a los usuarios libres (1) que optaban por migrar a empresas competidoras.

Para poder comprender por qué Indecopi determinó que estas prácticas merecían ser sancionadas, se debe entender que el abuso de posición de dominio constituye una conducta anticompetitiva en la que un agente económico se aprovecha de dicha posición para mermar o eliminar a sus competidores, transgrediendo el principio de la libre competencia.

De acuerdo a la Resolución 52-2021/CLC, Seal, además de ser suministradora de energía eléctrica, es la titular de la concesión de distribución de electricidad en ocho provincias de Arequipa, por lo que tanto los usuarios regulados como los usuarios libres de la zona deben estar conectados a su red de distribución. Entonces, la empresa adquirió una posición de dominio debido a que es la distribuidora exclusiva de la zona; es decir, si bien existen diversos suministradores de energía entre los cuales el usuario puede escoger, todos deben conectarse a su red de distribución para poder tener acceso a la electricidad. De esta manera, la empresa se aprovechó de su posición cuando algún usuario regulado de la zona decidía cambiar de condición a la de usuario libre. Seal ofrecía que estos usuarios sean exonerados del plazo legal de preaviso para cambiar a tal condición (2) y de la instalación de los equipos de medición, protección y limitación de potencia (3), con la finalidad de que continúen siendo clientes de la empresa.

No obstante, a los usuarios que, además de cambiar de condición, también decidían optar por otro suministrador, se les exigía cumplir tanto con el plazo legal de preaviso como con la instalación de los equipos. Con esta política comercial, Seal capturó una porción importante del mercado de suministro de usuarios libres dentro de su área, en lo que se refiere al porcentaje tanto de usuarios nuevos como el de potencia total contratada. Esto le permitió, entre el 2016 y el 2020, obtener beneficios significativos, al cobrar precios promedio superiores en 21.5% al precio ponderado establecido por los demás suministradores.

III. El rol de Indecopi

Como se ha mencionado, Indecopi se encarga del fomento de la leal y libre competencia, en el marco de la Economía Social de Mercado, modelo que rige la economía del país. Bajo esta premisa, cabe resaltar que la libre competencia permite garantizar el bienestar de los consumidores, a partir de la interacción de la oferta y demanda por parte de los agentes económicos en el mercado, quienes utilizan conductas competitivas. Sin embargo, existen agentes optan por desarrollar conductas anticompetitivas, entre las cuales destaca el abuso de la posición de dominio. Ante este último, el Indecopi ha realizado importantes aportes. Por un lado, ha identificado nuevos tipos de comportamientos de los agentes económicos dominantes, que podrían llegar a perjudicar el proceso competitivo. Por otra parte, ha dilucidado sobre la aplicación de la norma de libre competencia respecto de las acciones de abuso de posición de dominio y la forma en la cual esta vela por el bienestar del consumidor (Quintana 2013).

En este sentido, Indecopi, tras analizar la denuncia por más de tres años, determinó que Seal incurrió en abuso de posición de dominio en la modalidad de aplicación injustificada de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes en el mercado de suministro de energía eléctrica e impuso una sanción de 1000 UIT (4.4 millones de soles), en primera instancia administrativa.

IV. Comentario final

De este caso de abuso de posición de dominio, se desprende la siguiente pregunta: ¿Cuántos se vieron perjudicados por esta conducta anticompetitiva? Además de las empresas que competían con Seal, otros afectados fueron los consumidores, quienes se encontraban condicionados a mantenerse con esta empresa, gracias a los perjuicios que conllevaba migrar a otro suministrador de electricidad. Asimismo, cabe señalar que este tipo de accionar no se limita al sector eléctrico, pues casos similares se pueden desarrollar en cualquier sector económico. Por ello, siempre se debe resaltar la labor que desempeña Indecopi en cuanto al fomento de la libre competencia, lo cual, finalmente, beneficia a los consumidores.

V. Notas

(1) Los usuarios libres son agentes del mercado eléctrico que se encuentran conectados al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN). Asimismo, deben firmar un contrato con un generador o distribuidor donde fijan precio de energía, potencia mínima facturable, entre otros. Para mayor información puede revisar: https://www.osinergmin.gob.pe/empresas/electricidad/generacion/contratos-de-usuarios-libres

(2) Exigido en el artículo 4 inciso 1 del Reglamento de Usuarios Libres de Electricidad.

(3) Impuesto en el artículo 4 inciso 3 del Reglamento de Usuarios Libres de Electricidad.

VI. Referencias

Redacción Gestión. 2021. “Indecopi sanciona a eléctrica Seal con multa de S/ 4.4 millones por     abuso de posición de dominio”. Gestión, 01 de noviembre. Acceso el 04 de noviembre de 2021.    https://gestion.pe/economia/indecopi-sanciona-a-electrica-seal-con-multa-de-s-44-millones-por-abuso-de-posicion-de-dominio-nndc-noticia/?ref=gesr

Quintana, E. 2013. Análisis de las funciones del Indecopi a la luz de las decisiones de sus órganos resolutivos: Libre Competencia. Lima: Indecopi.  https://repositorio.indecopi.gob.pe/bitstream/handle/11724/5564/libre_competencia.pdf?sequenc

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