La carrera de Derecho en el Perú: formación universitaria y retos para las nuevas generaciones

Kenny Roger Mechan Huapaya

Miembro honorario del Grupo de Estudios Sociedades – GES

Fuente: Esade

Al ingresar a estudiar Derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (en adelante, San Marcos), tuve la oportunidad de integrarme a una de las universidades más emblemáticas y de mayor tradición académica del Perú, reconocida también en evaluaciones internacionales como el QS World University Rankings (1). Desde mi experiencia, la Facultad de Derecho y Ciencia Política de San Marcos destaca por la calidad de sus docentes y por el alto nivel académico de sus estudiantes. Muchos profesores cuentan con una reconocida trayectoria profesional y académica, lo que enriquece la enseñanza con una visión práctica y crítica del derecho. Asimismo, la competencia intelectual entre los alumnos genera un entorno exigente que impulsa a mejorar constantemente. Esta combinación de tradición académica, debate crítico y formación rigurosa hizo que elegir San Marcos fuera una de las decisiones más importantes de mi formación, por lo que recomiendo esta experiencia a quienes buscan una formación jurídica sólida y comprometida con la realidad del país.

No obstante, también es importante considerar el contexto del mercado laboral jurídico en el Perú. Conseguir trabajo en la carrera de Derecho no es imposible, pero sí competitivo, debido a que las facultades de Derecho —tanto de universidades públicas como privadas— reciben cada año un elevado número de estudiantes, lo que incrementa el número de egresados que buscan insertarse en el mercado laboral (2). A ello se suma la limitada cantidad de plazas disponibles en estudios jurídicos, entidades públicas y empresas, por lo que muchas de las primeras oportunidades laborales suelen presentarse en prácticas preprofesionales, asistencia legal o labores de apoyo jurídico (3).

En ese escenario, mejorar las posibilidades de inserción laboral no solo requiere que el estudiante universitario busque oportunidades de trabajo, sino que construya progresivamente un perfil académico y profesional competitivo. En el mercado jurídico peruano se valoran especialmente estudiantes con buen rendimiento académico, capacidad de análisis jurídico, habilidades de redacción y argumentación, así como iniciativa para aprender en la práctica. Por ello, resulta importante complementar la formación universitaria con participación en investigaciones, concursos académicos, seminarios y otras actividades que fortalezcan el currículum, además de avanzar hacia una especialización progresiva en determinadas áreas del Derecho. De igual manera, oportunidades como intercambios o pasantías en el extranjero pueden enriquecer significativamente la formación. Sin embargo, incluso con una buena formación y un currículum sólido, la inserción laboral no está garantizada; por ello, también es fundamental postular de manera constante, construir redes profesionales y buscar oportunidades desde los primeros años de la carrera.

En cuanto a los ingresos, las estadísticas del Ministerio de Trabajo indican que un abogado joven (entre 18 y 29 años) puede percibir en promedio alrededor de S/4,000 mensuales, mientras que profesionales con mayor experiencia (mayores a 30 años) pueden alcanzar ingresos superiores a S/8,000 (4). Dichas cifras evidencian que la progresión salarial en la profesión del Derecho suele estar vinculada al tiempo de experiencia, la especialización y el posicionamiento profesional dentro del mercado jurídico.

En conclusión, estudiar Derecho en San Marcos representa una experiencia académica valiosa por su tradición, el nivel de sus docentes y el ambiente intelectual que fomenta el pensamiento crítico. Sin embargo, el contexto actual del mercado jurídico en el Perú exige que los estudiantes asuman un rol activo en su propia formación, desarrollando un perfil académico sólido, participando en actividades académicas y adquiriendo experiencia práctica desde los primeros años de la carrera. En ese sentido, la formación jurídica no solo implica el aprendizaje de la norma, sino también prepararse con disciplina, especialización y constancia para enfrentar un mercado laboral exigente, en el que el esfuerzo académico y la iniciativa personal resultan claves para construir una trayectoria profesional sólida

Notas

(1) UNMSM. (2025). “San Marcos lidera ranking de universidades públicas según SUNEDU”. https://acortar.link/RBhc8J

(2) Osorio Calderon, Jesús (2025). “¿Estudiar Derecho sigue siendo una profesión rentable en el Perú?”. El Comercio. https://acortar.link/WFALW4

(3) León G., Rosa Inés. (2024). «¿Recién graduado en derecho? Estos son los retos inmediatos que afrontará y cómo superarlos» La Nota Económica. https://acortar.link/XaU85k

(4) Chuquicallata Reategui, Francisco. (2019). «Según el Ministerio de Trabajo, en estas universidades estudiaron los abogados mejor pagados del Perú». Lp Pasión por el Derecho. https://acortar.link/dclo28

El misterio de la mano invisible

Yasser Toledo Cumapa

Estudiante del 5° año de Derecho de la UNMSM
Miembro principal del Grupo de Estudios Sociedades – GES

Fuente: legalprod.com

En el amanecer de la civilización, el hombre, impulsado por la condición existencial de satisfacer sus necesidades más elementales, se incorporó a la comunidad, a la interacción humana, al intercambio continúo de bienes, actos de comercio que, con el transcurso del tiempo, la costumbre y el uso diario, hicieron posible la aparición del mercado, sistema distribuidor de recursos que contribuye al bienestar general.

El mercado aparece de una forma espontánea, natural, que empieza con el trueque de las civilizaciones primitivas y va desarrollándose, hasta edificar formas más desarrolladas de comercio, donde la propiedad privada, fundamento material de la libertad y derecho sagrado, adquiere relevancia en las operaciones económicas. Este sistema se desarrolló, simultáneamente, con la sociedad y la posterior creación de estructuras legales frente a las imperfecciones del mercado. Tanto la sociedad como el mercado, según Hayek, son órdenes espontáneos porque solo pueden ser captados por el intelecto y no por los sentidos, cuyas normas son iguales para cada uno de sus miembros .

Al comprender que el mercado es una expresión espontánea de la sociedad ante las necesidades humanas, es válido preguntar, ¿cuál es la naturaleza de la esfera psíquica de esa coincidencia de voluntades que se transforman en actos económicos que estimulan el comercio, despiertan las inversiones y generan la prosperidad? En La riqueza de las naciones (1776), obra magna de Adam Smith, revela que el hombre trabaja para satisfacer sus sueños egoístas, cumplir sus anhelos, ser autosuficiente y alcanzar su grandeza individual. No es el altruismo, ni la solidaridad, ni la empatía, ni la benevolencia lo que promueve el progreso, al contrario, es el ejercicio de la individualidad, el egoísmo lo que verdaderamente determina los cimientos del desarrollo.

«El ciudadano no intenta promover el bienestar público ni sabe cuánto está contribuyendo a él, solo busca su propia seguridad, y dirigiendo esta actividad de forma que consiga el mayor valor, solo busca su propia ganancia, y en este como en otros casos está conducido por una mano invisible que promueve un objetivo que no entra en sus propósitos» . La mano invisible dilucida como los actos de los operadores del mercado (vale decir, compradores y vendedores) se guían por el interés individual, por el afán egoísta de obtener una mayor ventaja, de sacar un mayor provecho, sin pretender —y sin saber— que están contribuyendo al bienestar de toda la comunidad.

Efectivamente, las acusaciones no tardaron en llegar: tildaron a Adam Smith de insensible y deshumanizado. Sus actos demostraron lo contrario, él creía firmemente que la investigación de su vida contribuía a la erradicación de la pobreza, y que solo la defensa de la educación pública y privada, frenaría la estupidez infinita. Ninguna sociedad, decía el padre de la economía, puede ser próspera y feliz si la mayoría de sus miembros son pobres y miserables.

Mucho tiempo después de la tesis de Adam Smith, inspirada en una sociedad muy diferente al que conocemos hoy en día, la ficción de la mano invisible todavía rige ciertos actos donde la voluntad, siempre al servicio del egoísmo propio de la condición humana, prevalece en cada esfera del mercado. Pero, a fin de contrarrestar los desasosiegos del mercado, existe un sistema jurídico que protege al consumidor, sanciona las conductas anticompetitivas, frena la competencia desleal, estimula la división del trabajo y promueve una economía de libre mercado con responsabilidad social. El Estado no condiciona al mercado, su intervención es mínima, pues la existencia del mercado, manifestación espontánea de la civilización, implica necesariamente el predominio de la libertad individual y, por tanto, el progreso de toda una nación.

Referencias

Smith, Adam. 1776. La riqueza de las naciones, vol. I.

Sosa, Federico. 2008. El concepto hayekiano de orden espontáneo, Revista de Instituciones, Ideas y Mercados, N.° 49.

Vargas Llosa, Mario. 2018. La llamada de la tribu. Alfaguara.

“Cursos de verano”, hoy “Jornadas académicas”: de buena práctica a manifestación de cogobierno académico

María Elena Guerra-Cerrón

Docente asesora de Boletín Sociedades y del Grupo de Estudios Sociedades – GES

En el 2009, me incorporé como docente auxiliar en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM (FDCP) y especialmente llamó mi atención la organización y activa participación de los estudiantes en grupos, talleres, círculos de estudio, así como en clínicas jurídicas (con interés en diferentes materias) reconocidos formalmente por la FDCP. Los alumnos de diferentes “bases” (identificados por el año de ingreso), cuentan con un estatuto que regula, de manera general, su organización y eligen a un Consejo Directivo que los lidera. Queda a discreción de los estudiantes establecer el horario de sus actividades para el desarrollo de su plan de trabajo. La FDCP facilita el uso de aulas para las sesiones y designa al docente-asesor propuesto por los alumnos.

Personalmente, me encantó esta forma autodidacta de complementar los estudios universitarios y consideré que debía darse a conocer. Fue en el suplemento Jurídica N°348, publicado en el diario oficial El Peruano el 29/3/2011 (1), con el texto “Una forma de estudiar y hacer el Derecho por estudiantes: Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos” (pp. 4-5), donde destaqué a estas agrupaciones académicas de estudiantiles y describí el trabajo que venían realizando. Me quedó claro que se trataba de una muy buena práctica realizada por los propios estudiantes.

Desde el 2010, vengo formando parte del Boletín Sociedades y desde el 2013, se viene reconocido al Grupo de Estudios Sociedades – GES; así, sus miembros me solicitaron apoyo como docente-asesora y se emitió la resolución del Decanato reconociendo a GES.

Con la experiencia en GES y la observación del trabajo de los demás grupos de estudio, participé en un evento académico en el 2021, en el que presenté la ponencia “Los estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM: actores en la cogestión académica y proyección en la sociedad” (2). La idea fue, en el marco de la gobernanza universitaria, para dar un paso adelante: reconocer una muy buena práctica, como una manifestación propia del cogobierno académico; así señalé que: “Esta gestión académica estudiantil trasciende los muros de cada grupo, cuando se organizan, como colectivo, para el desarrollo de los llamados ‘Cursos de Verano’ que se ofrecen anualmente, en el periodo de vacaciones, de manera gratuita a la comunidad académica, que hoy con el auxilio de la tecnología, ha traspasado la frontera nacional”.

El propósito fue, y hoy me reafirmo en ello, establecer que los grupos de estudio son también actores de la “gestión del cambio institucional” en el ámbito académico y a través de sus actividades planificadas, se puede cumplir una cuádruple finalidad: las principales son de gestión propiamente de investigación, de conocimiento y de extensión, que se complementa con la proyección social, puesto que sus sesiones son abiertas a la comunidad académica, contribuyéndose así a la formación universitaria complementaria de alumnos de otras universidades, y abogados en general.

Los tradicionales “Cursos de Verano” que hoy se presentan como “Jornadas académicas” con el respaldo del Decano Dr. José Palomino Manchego, siguen caracterizando a los estudiantes de la FDCP y ofrecen extraordinarios programas para la capacitación y actualización en diferentes temas. Como docentes, nos corresponde brindar el apoyo y acompañamiento necesarios para que los estudiantes sigan apostando por el trabajo responsable en el cogobierno académico.

¡Arriba grupos y talleres de estudio con visión a futuro!

Notas:

(1) Leer: https://acortar.link/mM68qB
(2) Leer: https://acortar.link/Lg6NSd

Herramientas útiles para investigar en Derecho

Judith Daisy Laurente Bellido

Miembro honorario del Grupo de Estudios Sociedades

Fuente: legalprod.com

En algún momento de la carrera de Derecho o al iniciar la práctica profesional, todo estudiante se enfrenta a la pregunta de cómo construir una teoría de caso y se pregunta si existe un método específico para su construcción. Sin embargo, lejos de ser una interrogante meramente técnica, tiene implicancias en la manera en que cada abogado entiende su rol y en cómo proyecta su identidad profesional. Hoy en día, la tecnología se ha convertido en un recurso indispensable para la investigación jurídica, pues pone a disposición múltiples herramientas digitales que permiten buscar, analizar y organizar información de manera más eficiente. Existen diversos mecanismos que coadyuvan a realizar esta tarea, pero destacan los siguientes: Google Scholar, Zotero, vLex y Perplexity.

Google Scholar es un buscador especializado en publicaciones científicas que permite encontrar artículos, libros, sentencias, tesis y estudios jurídicos. Una de sus principales ventajas es que muestra qué autores o textos han sido citados con mayor frecuencia, lo que ayuda a identificar fuentes confiables y relevantes. Además, su interfaz es sencilla, por lo que resulta muy recomendable para quienes inician una investigación jurídica apoyándose en herramientas digitales. No obstante, conviene tener presente que no todo el contenido se encuentra disponible de manera gratuita.

Por su parte, Zotero es una herramienta diseñada para organizar y gestionar fuentes bibliográficas. Permite crear carpetas temáticas, guardar documentos desde el navegador y generar automáticamente citas y bibliografías en distintos formatos. Para quienes elaboran trabajos académicos o jurídicos, esto significa un importante ahorro de tiempo y un mejor control de las fuentes utilizadas. Su carácter de software libre y su compatibilidad con procesadores de texto como Word la convierten en una opción sumamente útil para investigadores del ámbito legal.

Asimismo, vLex es una plataforma esencial para obtener información jurídica especializada. Su base de datos integra legislación, jurisprudencia y doctrina de diversos países, lo que facilita la comparación de normas y decisiones judiciales. Esta herramienta resulta particularmente valiosa para quienes investigan temas de derecho comparado o desean conocer cómo se aplica una determinada institución jurídica en distintos sistemas normativos. No obstante, su acceso completo suele requerir suscripción institucional o profesional.

Por último, NotebookLM es una herramienta que permite coadyuvar en la revisión y estudio de las fuentes de investigación obtenidas. Este recurso digital permite cargar artículos, documentos PDF, apuntes de clase o material jurídico, y a partir de ellos genera resúmenes, mapas conceptuales, explicaciones y respuestas contextualizadas. A diferencia de otros asistentes, no busca información en Internet, sino que analiza tus fuentes y te ayuda a comprenderlas, contrastarlas y organizarlas.

Cada una de estas plataformas cumple una función complementaria: Google Scholar ayuda a descubrir fuentes, Zotero a organizarlas, vLex ofrece especialización jurídica y te brinda comprensión de tus fuentes bibliográficas. Utilizadas de manera conjunta, permiten desarrollar investigaciones más rápidas, rigurosas y eficientes. En un entorno digital como el actual, manejar estas herramientas resulta cada vez más relevante para el investigador jurídico.

Referencias

Google. s. f. “Google Scholar.” Accedido el 5 de noviembre de 2025. https://scholar.google.com

Google. s. f. “NotebookLM”. Accedido el 5 de noviembre de 2025.

vLex. s. f. “IA diseñada para abogados.” Accedido el 5 de noviembre de 2025. https://vlex.com.pe

Zotero. s. f. “Your Personal Research Assistant.” Accedido el 5 de noviembre de 2025. https://www.zotero.org

Abogados in house: cada vez con mayor protagonismo en sus propios litigios

Yesenia Cisneros Palomino

Bachiller en Derecho por la UNMSM
Asistente Legal de Procesos y Recuperaciones
en UNIMAQ S.A. (Una empresa Ferreycorp)

Fuente: https://www.diariosigloxxi.com/

Por años, muchas empresas han optado por la creación de departamentos legales dentro de su estructura corporativa, cuyos abogados solían cumplir un papel meramente receptivo, esto era, aprobar estrategias, revisar documentos, y pagar tarifas a los estudios o bufete de abogados por el servicio de asesoría legal. Sin embargo, una reciente investigación empírica de la Universidad de Standford ha determinado que esta habitualidad ha ido cambiando.

El artículo traducido al español (1) “Del centro de costos al centro de mando: el futuro de los litigios se está construyendo internamente” plantea y comenta que los litigios no van a desaparecer, pero quien los lidera, redacta y conduce está evolucionando rápidamente. La conclusión a la que arriba dicha investigación es que en la última década y luego de docenas de conversaciones sostenidas con abogados de empresa, conocidos también como “abogados in house”, indican que el papel receptivo de dicho abogado ha evolucionado a un abogado que plantea el primer borrador, sistematiza su enfoque de litigio y remodela la forma en que el abogado externo encaja en el panorama.

Esta investigación concluye que existen 5 tendencias que han ido adoptando las empresas: 1) El litigio se está volviendo modular; esto implica que en la mayoría de casos, los departamentos legales ya tienen protocolos establecidos a seguir, y lo que menos quieren es explicar este protocolo cientos de veces, es por ello que surge una necesidad de crear flujos de trabajos ya establecidos, basados en el tipo de asunto a tratar (creación de plantillas), la jurisdicción (cláusulas específicas) y el nivel de riesgo (revisar los puntos de control de auditorías). 2) El primer borrador se mueve internamente; ¿Quién redacta primero? En buena hora las herramientas que nos da la IA nos ayudan a generar borradores que permite llegar a la mesa preparados, no se trata de reemplazar a los asesores externos sino de tener una ventaja que establece de forma previa el marco y todo de la conversación, acelera tiempos de respuesta y el control cambia de reactivo a proactivo. 3) Los playbooks se están convirtiendo en sistemas operativos con agentes; la sistematización de las decisiones de negociación se implementa cada vez más con la IA, existen herramientas que pueden ejecutar protocolos de negociación, recomendar alternativas y gestionar bibliotecas de cláusulas con mínima intervención humana; es decir, los playbooks impulsan la toma de decisiones alineadas, cumplimiento automatizado y memoria institucional en los asuntos de una empresa. 4) Se avecinan tarifas fijas y precios escalonados para litigios; ¿por qué pagar por una jornada completa cuando el trabajo se realiza en minutos porque los equipos internos con apoyo de la IA han reducido significativamente el tiempo de redacción? 5) Los asesores externos serán evaluados por su fluidez tecnológica; es que, el dominio de las tecnologías ya no es opcional, sino que resulta fundamental para la colaboración legal y la eficiencia que necesitan las empresas para sus sistemas contemplados.

Es que, si lo vemos desde otro punto de vista ¿quién mejor que aquel que se encuentra dentro del negocio para conocer de sus propios problemas y necesidades, así como evaluar más de cerca las posibles contingencias de este? Para las empresas, la inmediatez resulta necesaria y ese poder de conocimiento y dirección recae casa vez más en el propio organismo.


(1) Traducción propia. Adam Rouse, Tamra Moore, Renee Meisel, Kassi Burns, Olga Mack. “From Cost Center to Command Center: The Future of Litigation is Being Built In-House”. SLS Blogs, 18/11/2025. https://acortar.link/i1c3N5

Cuidar la mente para cuidar la sociedad

Camila Alexandra Valdivia Rázuri

Estudiante del 4to año de Derecho de la UPC

Fuente: Smidcare

La salud mental dejó de ser un asunto privado para convertirse en un tema de interés público. No solo porque afecta el ejercicio de derechos y la participación ciudadana, sino porque condiciona la productividad, el aprendizaje y los vínculos comunitarios. Tras la pandemia, quedó claro que la respuesta histórica fue insuficiente: los sistemas priorizaron la atención tardía y hospitalaria, mientras que la evidencia reclama promoción, prevención e intervenciones tempranas a lo largo de la vida. En ese marco, hablar de salud mental desde el derecho y la gestión pública supone mirar más allá de consultorios y leyes, pues implica entender determinantes sociales como el empleo, vivienda, escuela, redes de apoyo, así como rediseñar instituciones para que el cuidado sea cercano, digno y efectivo.

Un punto de partida es asumir que invertir en salud mental es una decisión costo-efectiva. Diversos análisis muestran retornos positivos cuando se escala el tratamiento de depresión y ansiedad, especialmente con intervenciones comunitarias y psicoeducativas vinculadas al primer nivel de atención. A ello se suma que medir de manera consistente el bienestar y los resultados permite corregir fallas y orientar recursos hacia prácticas que funcionan, como recomiendan los marcos comparativos de desempeño de la OCDE. En clave de política pública, estos hallazgos empujan a pasar de programas pilotos a estrategias nacionales con metas, financiamiento multianual y evaluación independiente.

El caso peruano ofrece lecciones relevantes. La reforma en curso apostó por centros de salud mental comunitaria, integración con hospitales generales y presupuestos por desempeño, reconociendo que la atención debe estar donde vive la gente y no solo en grandes establecimientos. Aun así, persisten brechas: rotación de personal, articulación insuficiente con escuelas y municipios, y fragmentación entre sectores. Por eso, además de escalar infraestructura y equipos, se requieren dos giros: i) políticas que reduzcan riesgos psicosociales en el trabajo y en la escuela, como el acoso, violencia, jornadas extensas, y ii) mecanismos de acceso oportuno como tamizajes en servicios básicos, líneas de ayuda e integración digital para seguimiento.

Desde una mirada jurídica, la salud mental apunta al núcleo del Estado social y democrático: dignidad, igualdad material y no discriminación. No se trata solo de reconocer un derecho, sino de garantizar su exigibilidad con estándares claros de calidad y continuidad. Por eso, propongo tres prioridades: primero, institucionalizar indicadores públicos de desempeño con tiempos de espera, continuidad de tratamiento, reinserción escolar y laboral; segundo, fortalecer la rectoría sanitaria para coordinar educación, trabajo y protección social; tercero, consolidar una narrativa que combata el estigma y promueva alfabetización en salud mental, especialmente en jóvenes. En lo personal, creo que el cambio real ocurrirá cuando cuidar la mente deje de ser “extra” y se vuelva rutina de la vida cívica, hablar, pedir ayuda y acompañar sin juicio. Cuidar la mente es, en verdad, cuidar la sociedad.

Referencias

Banco Mundial. 2019. “Cambio de paradigma: el Perú a la vanguardia en la reforma de los servicios de salud mental.” Blog. Congreso de la República. 2019. Ley N.º 30947, Ley de Salud Mental. Lima: Diario Oficial El Peruano.

MINSA (Ministerio de Salud del Perú). 2020. Decreto Supremo N.º 007-2020-SA que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 30947, Ley de Salud Mental. Lima: MINSA.

OCDE. 2021. Un nuevo referente para los sistemas de salud mental: afrontar los costos sociales y económicos de la mala salud mental. París: OCDE.

OMS (Organización Mundial de la Salud). 2016. “Invertir en el tratamiento de la depresión y la ansiedad produce un rendimiento del 400 %.” Nota informativa.

OMS. 2022. Informe mundial sobre la salud mental: transformar la salud mental para todos. Ginebra: OMS.

OPS (Organización Panamericana de la Salud). 2021. Plan de acción sobre salud mental 2013–2030 (actualización). Washington, D.C.: OPS.

La teoría del caso: entre el método y el estilo propio

Danissa Ramos Caparachin

Bachiller en Derecho por la UNMSM
Miembro honorario del Grupo de Estudios Sociedades

Fuente: https://chapmanwilches.com/

En algún momento de la carrera de Derecho o al iniciar la práctica profesional, todo estudiante se enfrenta a la pregunta de cómo construir una teoría de caso y se pregunta si existe un método específico para su construcción. Sin embargo, lejos de ser una interrogante meramente técnica, tiene implicancias en la manera en que cada abogado entiende su rol y en cómo proyecta su identidad profesional.

Lo más curioso es que, muchas veces, ni siquiera somos nosotros quienes tomamos esa decisión de forma consciente, sino que se va formando con la práctica diaria. Al final, la manera de estructurar una teoría de caso nace tanto de la formación recibida como de las oportunidades y contextos en que ejercemos.

En principio, resulta especialmente útil apoyarse en el método IRAC, pues permite identificar la cuestión jurídica, aplicar la norma y extraer conclusiones de manera ordenada. Talavera Cano (2018) lo describe como “los 4 pasos de una metodología diseñada para analizar y resolver un problema jurídico: Issues, Rule, Application y Conclusion, que ayudan a construir una teoría del caso sólida y persuasiva”.

En el contexto peruano, autores como Bullard y Ezcurra (2018) han propuesto siete elementos prácticos que pueden servir de guía a los abogados al momento de estructurar su caso: (i) honestidad, (ii) conocer a la audiencia, es decir, a la autoridad que decidirá el caso, (iii) prepararse a profundidad, (iv) definir la meta y asumir el control, (v) concentrarse en los hechos, (vi) escribir como un publicista y (vii) pintar un cuadro con la presentación oral.

No obstante, con la experiencia, muchos profesionales descubren que la teoría de caso no se limita a encajar en un molde, sino que se enriquece con un estilo personal. Algunos abogados parten de los hechos y luego buscan la norma que mejor los respalde; otros comienzan con un principio jurídico y a partir de allí construyen toda la historia. Esta flexibilidad otorga mayor libertad para adaptar la estrategia a cada caso concreto y puede generar una identidad profesional más auténtica.

Ahora bien, ¿qué pasa cuando no somos nosotros quienes elegimos, sino que parece que el método nos elige a nosotros? Esto es más común de lo que se cree. Muchos abogados terminan adoptando un estilo particular de razonamiento porque así lo exigieron sus primeras experiencias laborales, el tipo de clientes que atendieron o el perfil del estudio en el que trabajaron. Y lejos de ser negativo, este proceso puede ser el inicio de un camino propio.

En definitiva, lo importante no es tanto si uno sigue fielmente un esquema como el método IRAC o si se crea una metodología más libre y personal. Lo esencial es ser conscientes del recorrido y estar dispuestos a redefinirlo si las circunstancias lo exigen. El Derecho es un campo vasto y dinámico que permite múltiples formas de construir una teoría de caso. Por eso, más que elegir entre método o creatividad, se trata de mantener una actitud abierta y crítica, aceptando que la forma de pensar y presentar un caso se construye paso a paso, en diálogo constante entre la técnica y la experiencia.

Referencias

Bullard, Alfredo, y Húascar Ezcurra. 2018. Que gane el mejor: ¿cómo ganar un litigio arbitral? En Destrezas legales en el litigio arbitral, editado por Alfredo Bullard González, 19–46. Lima: Palestra Editores.

Talavera Cano, Andrés. 2018. El método IRAC para la construcción de la teoría del caso. En Destrezas legales en el litigio arbitral, 141–161. Lima: Palestra Editores.

El método de estudio para aprenderlo todo

Manuel Acosta Delgado

Coordinador del Boletín Sociedades
Miembro honorario del Grupo de Estudios Sociedades – GES
Analista legal principal en la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV

Fuente: https://bbc.com

Ya que llamamos su atención con el pomposo título que inicia este comentario, quisiéramos advertir al lector que no existe “el método” sino tal vez muchos de ellos para aprender los innumerables temas que componen el universo del conocimiento. Algunos muchos más alineados con teorías científicas y otros más simples y pensados para el estilo individual de la persona que decide investigar y aprender.

Tal es así, que hoy se han vuelto de moda muchos métodos de aprendizaje que combinan el uso de la inteligencia artificial y también otros que critican esto último porque consideran que es perjudicial. Entonces, en qué creer. Resulta difícil exponer un paso a paso para lograr el aprendizaje; es decir, un método como tal universalmente probado y aplicado para todos. Es más, según nuestra edad, experiencia y lecturas todos en algún momento de nuestra vida hemos ensayado algún método de estudio que lo hemos adoptado como hábito. Algunos aún seguimos buscando uno y ensayado nuevos para lograr eficiencia y productividad académica.

En esto días, la BBC Mundo (Plitt 2025) publicó un video documental sobre las técnicas científicas para aprender algo nuevo y prepararse para un examen en donde se cita el método propuesto por el físico estadounidense Richard Feynman (1918 –1988), considerado como uno de los más brillantes científicos de su tiempo y ganador del premio Nobel de Física en 1965 por su contribución al desarrollo de la electrodinámica cuántica, pero también recordado por su carismática personalidad.

Su método de aprendizaje, como no podía ser de otra forma, combinaba su estilo personal en donde proponía hacer sencillo los conceptos más complejos y para ello era necesario explicarlos bajo esa forma. Su método consistía en cuatro pasos: (i) elije un concepto o tema; (ii) explícalo como si le estuvieras enseñando a un niño y detecta las lagunas en tu explicación (aquello que no puede explicar por no recordarlo o saberlo); (iii) vuelve a las fuentes del conocimiento para completar las lagunas detectadas (investigar); y (iv) vuelve a tu explicación y revísala, simplifica las ideas y crea analogías.

No obstante, el video documental que comentábamos no solo se centraba en este método Feynman sino también en la necesidad de combinarlo con otros elementos para lograr nuestro propósito. Sea cual sea el método elegido este será un fracaso si a cada rato nos desconcentramos, si no dormimos bien, si no establecemos horarios periódicos para repasar y no olvidar lo aprendido, etc.

No es posible señalar a un método como el único “para aprenderlo todo”, pero para aprenderlo todo se requiere un método y este deberá considerar elementos como los antes mencionados y aplicar hábitos de estudio que nos permitan tener las mejores condiciones para aprender. Ello depende de la personalidad de cada quién para que nuestro método sea eficaz.

Referencias

Redacción, 2024. «Qué es la técnica Feynman, el método de estudio creado por un Nobel para aprender de todo». BBC News Mundo, 7 diciembre 2024. https://www.bbc.com/mundo/articles/cpw28j012gzo 

Plitt, Laura. 2025. «8 técnicas científicas para aprender algo nuevo o prepararse para un examen», BBC News Mundo, 30 de agosto. https://youtu.be/jBbeUc6A8y4?si=0FaeBPB0xdF1UPW O   

Boletín Sociedades: ¡Cumplir quince años no es poca cosa!

María Elena Guerra-Cerrón

Docente de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM
Docente asesora de Sociedades

“Los proyectos más grandes comienzan con la visión y un equipo dispuesto a construirla” [1]

No hay otra forma de iniciar este comentario que destacando el compromiso, la perseverancia, la calidad y la relevancia de Boletín Sociedades, producto de difusión mensual —desde el año 2010— de investigaciones, comentarios, artículos, espacios informativos, entrevistas, videos y eventos en materia comercial, empresarial y corporativa con enfoque multidisciplinario e interdisciplinario; como publicación mensual a lo largo del tiempo.

Fue en junio del año 2010, cuando en el aula de Derecho Comercial I, el entonces estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencia Política Manuel Acosta Delgado, me comentó acerca de su idea de hacer resúmenes de las clases y de hacer breves comentarios para compartirlos con todos sus compañeros. La idea fue muy bien recibida y al proyecto se sumaron prácticamente todos los estudiantes del curso.

Naturalmente, en ese momento se pensó que se trataría de un proyecto anual, esto es, solo para el año 2010; sin embargo, grande fue el compromiso y el interés por tener un espacio de difusión propio, que las nuevas ideas iban surgiendo y así, poco a poco, fue moldeándose lo que sería un boletín.

Luego la elección del nombre “Boletín Sociedades”, sí, partió del contexto del Derecho Societario; sin embargo, fue adecuado al concepto de “sociedades” en general, esto es, como “espacios” que contienen diferentes contenidos o temas —dependiendo de una rama jurídica o materia determinada—. De ahí, que el enfoque de Boletín Sociedades, es multidisciplinario e interdisciplinario, puesto que estamos convencidos de la necesidad del estudio sistémico del Derecho, aun cuando nuestro punto de partida es el Derecho Comercial o Derecho Mercantil.

Siempre recuerdo las palabras de un alumno Juan Herrera, que me dijo: “Profesora, espero este proyecto perdure, ya que casi siempre solo publican un par de ediciones y allí termina todo”. Muy ciertas sus palabras, lamentablemente, suele presentarse ese desenlace para muchos proyectos. En nuestro caso, hemos superado todas las barreras que iban presentándose.

Así fue el nacimiento de Boletín Sociedades y del establecimiento de una ruta mensual para ofrecer una publicación. Si “sostenible” quiere decir que algo se puede sostener y ello importa que se mantenga firme en el tiempo, que se refuerce y consolide, entonces puede decirse con responsabilidad, que el Boletín Sociedades ostenta esta cualidad.

Nuestros principales colaboradores son los integrantes del Grupo de Estudios Sociedades (GES), sin embargo, Boletín Sociedades está abierto a todo aquel estudiante, abogado o de cualquier otra profesión vinculada con la materia comercial, que tenga interés en publicar.

Actualmente el Equipo de Boletín Sociedades está conformado por Manuel Acosta Delgado, quien es el coordinador, Milagros Alva López, Danissa Ramos Caparachín, Yesenia Cisneros Palomino y MEG como docente-asesora.

Tenemos muchas ideas y trabajamos “una visión a futuro que no es solo un sueño, sino la imaginación puesta en acción”.

Los invitamos a seguirnos en nuestro Fanpage: https://www.facebook.com/b.sociedades/, en el Blog Sociedades: https://boletinsociedades.com/, en LinkedIn: https://www.linkedin.com/company/boletin-sociedades-instituto-sociedades/, en Instagram: https://www.instagram.com/boletinsociedades y nuestro canal en YouTube: https://youtube.com/@boletinsociedadestv9775?si=ex2RVmcxhRpFbepU


[1] Recuperado de: https://acortar.link/abWbwf

La ética en el ejercicio profesional del abogado

Jose Miguel Vilches Cano

Estudiante de 5.to año de Derecho de la UNMSM
Director general del Grupo de Estudios Sociedades

Fuente: https://corderomartinezabogados.com/

A título ilustrativo, la ética, desde un enfoque filosófico, se presenta como la disciplina encargada del estudio de la moral; es decir, la manifestación de los principios, valores y normas en el comportamiento humano. En la vida cotidiana, tomamos decisiones guiadas por juicios sobre lo correcto o incorrecto, los cuales se sustentan en nuestra moral. No obstante, en el campo jurídico, la realidad se torna más rigurosa: la conducta ética no solo implica la congruencia del pensamiento moral, sino también una actuación coherente de los actores jurídicos en su ejercicio profesional al servicio de la Administración de Justicia. Así, siendo precisos, a esta aplicación de la ética en el ámbito jurídico se la denomina Deontología Forense.

Ahora bien, los abogados son operadores jurídicos encargados de aplicar el derecho, labor que se manifiesta en actividades como la absolución de consultas jurídicas, el análisis sistemático de las instituciones jurídicas y la representación de una de las partes en un litigio. El abogado cumple un rol fundamental en el ejercicio profesional: no solamente es un exponente de la verdad, sino que también cumple un mandato ético en cada situación orientada a la solución de los conflictos donde ejerce la defensa y/o asesoría jurídica. Por ello, la sociedad exige que el abogado sea un ejemplo de idoneidad ética. En este sentido, cabe preguntarse dónde se regulan las conductas de los abogados dentro de su ejercicio profesional.

Existe un cuerpo normativo que regula el ejercicio de los profesionales del derecho: el conjunto de normas y principios establecidos en el Código de Ética. No obstante, para obtener el reconocimiento formal de la abogacía, se requiere un juramento, mediante el cual el abogado se compromete a respetar, en su ejercicio profesional, los lineamientos éticos establecidos, como condición para su incorporación al colegio de abogados. Este pacto obliga al futuro operador jurídico a observar fielmente las disposiciones del estatuto institucional, del Código de Ética, así como los deberes profesionales: moral, honor, lealtad y diligencia. Todo ello conduce al cumplimiento de los fines superiores de la justicia [1].

En la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM se imparte la cátedra de Deontología Forense, la cual permite a los estudiantes de Derecho analizar las normas contenidas en el Código de Ética, así como el reglamento del procedimiento disciplinario que rige los órganos deontológicos de los Colegios de Abogados. En palabras del maestro Alzamora Valdez: “La profesión permanente de defensa del derecho exige del abogado no solo la preparación científica que recibe de la Universidad, sino una conjunción de calidades difícil de lograr” [2]. Como futuros abogados, no solamente debemos enfocarnos en estudiar las principales instituciones jurídicas, sino también aplicar las normas éticas orientadas al ejercicio profesional y preservar los principales valores éticos que sustentan nuestra labor.

Visto de esta forma, se puede inferir la relevancia de la ética en la formación del abogado, que emerge como eje rector de las decisiones jurídicas que asumirán los futuros operadores jurídicos. Sin embargo, frente a la sociedad, el rol del abogado ha sido desprestigiado por episodios que han desnaturalizado su papel ético en el ejercicio profesional: la corrupción y las malas prácticas son fuente de prejuicios hacia la carrera de Derecho. Por ello, como estudiantes, tenemos una misión: desarrollar una integridad ética basada en los valores afines a la justicia, desde los inicios de nuestra formación. Solo así, en el futuro, podremos actuar con convicción moral, comprometidos con una práctica íntegra que contribuya a restituir la confianza de la sociedad en el sistema jurídico.


[1] Colegio de Abogados. 2024. Estatuto del Colegio de Abogados de Lima. Lima: CAL

[2] Alzamora Valdez, M. 1984. Introducción a la Ciencia del Derecho. EDDILI