
Escribe: Frida CHAVEZ NUÑEZ
Magíster en Finanzas y Derecho Corporativo por la Universidad ESAN
Fuente: http://www.images.app.goo.gl
De acuerdo con el artículo 24° de la Constitución Política del Perú, todo trabajador tiene derecho a una remuneración suficiente que le procure, para él y su familia, el bienestar necesario; por lo que el Estado, junto con organizaciones representativa de trabajadores y empleadores, debe establecer la regulación de la remuneración mínima.
En ese contexto, mediante Decreto Supremo N.º 006-2024-TR, publicado en el diario oficial El Peruano el pasado 28 de diciembre de 2024, se dispuso incrementar en S/. 105.00 (ciento cinco y 00/100 Soles) la Remuneración Mínima Vital (en adelante, RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral privado. De este modo, la RMV asciende a S/ 1,130.00 (un mi ciento treinta y 00/100 Soles) desde el 1 de enero de 2025.
Cabe señalar que en otros países, como Chile y Colombia, se cuenta con reglas claras de actualización de la RMV; en nuestro país, sin embargo, la RMV tiene un comportamiento poco predecible, es más, parece expuesta al vaivén político. Esto último teniendo en cuenta lo señalado por el Instituto Peruano de Economía (IPE), respecto de que trece de los últimos quince incrementos de la RMV, desde el año 2000, se han realizado en periodos electorales o de baja aprobación presidencial.
Ahora bien, teniendo en cuenta el alto nivel de informalidad en nuestro país, ¿a cuántos trabajadores beneficia el último incremento de la RMV? Según estudios del IPE, apenas el 26% de los trabajadores del país son formales; y solo un grupo reducido de estos trabajadores gana menos que la RMV vigente. Por lo tanto, el alcance de la RMV es limitado.
Entonces, el gobierno, en lugar de enfocarse en dictar una norma para ordenar un incremento salarial -asumido por las empresas del sector privado- que solo beneficia a un mínimo porcentaje de la población; debe avocarse a implementar un plan integral. El cual promueva la formalización laboral e incluya beneficios (tributarios, por ejemplo) para las pequeñas y micro empresas, que impulsen su productividad. Pero esto es algo que esperamos muchos, desde siempre.
Referencias
IPE – Instituto Peruano de Economía, 2024. “Revisiones de la Remuneración Mínima Vital (RMV)” . Acceso el 23 de febrero. https://acortar.link/9gAQpO.
Macedo, Alonso. 2024. “Hablemos sobre la remuneración mínima vital”. Acceso el 23 de febrero. https://acortar.link/qC7vNq.








