
Escribe: Jhavely Xiomara Dextre Aquino
Estudiante de 4.º año de Derecho de la UNMSM
Miembro principal del Grupo de Estudios Sociedades – GES
Fuente: Actualidad Laboral
El Tribunal Constitucional peruano ha señalado, en el Expediente N.º 001480-2006-AA/TC, fundamento 2, que “…el derecho a la debida motivación de las resoluciones importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. Esas razones, por lo demás, pueden y deben provenir no solo del ordenamiento jurídico vigente y aplicable al caso, sino de los propios hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso”. Tradicionalmente, la motivación de las resoluciones judiciales es entendida como un derecho de los justiciables y un deber de los jueces; sin embargo, no siempre se enfatiza en un tercer componente relevante: como fuente de legitimación institucional.
Como derecho de los justiciables, puesto que permite reconstruir el proceso cognitivo que conduce a la decisión, habilitando su evaluación racional y el ejercicio del derecho de impugnación, de ser el caso. Como deber del juez en contrapartida con el derecho de los justiciables y porque posibilita el control externo de la actividad jurisdiccional en la verificación de la justificación coherentemente de su decisión frente a los hechos y al Derecho aplicable. La realización de la motivación como derecho y deber, llevan a la legitimación institucional.
La legitimación, según la Real Academia Española, es la acción y efecto de legitimar, esto es, otorgar licitud, validez y reconocimiento. En este contexto, la función jurisdiccional se legitima, en primer lugar, mediante la designación de los magistrados conforme a las normas establecidas. No obstante, ello resulta insuficiente, pues se trata de una legitimación meramente formal. Es necesario que la función jurisdiccional se manifieste a través de decisiones imparciales, transparentes, no arbitrarias y racionales, exigencias que se concretan mediante la motivación. Así, puede hablarse de una legitimación sustantiva que se construye y renueva a través del contenido de las resoluciones debidamente motivadas, en tanto estas transforman “actos de poder” en auténticos “actos de razón pública”.
¿Cuáles son las acciones que deben realizarse para que a través de la motivación se alcance la legitimación de la función jurisdiccional y por ende del Poder Judicial?
a) La motivación implica que toda decisión judicial esté acompañada de una justificación racional que explique por qué se opta por una determinada solución del conflicto. Ello exige que el magistrado identifique los fundamentos normativos pertinentes, determine los hechos relevantes y exponga el razonamiento que conecta ambos elementos. En este sentido, la legitimidad judicial no se presume, sino que se construye caso por caso, pues —como señala Castillo— la confianza institucional se erosiona cuando las decisiones no logran validarse socialmente mediante argumentos comprensibles y verificables (Castillo, 2022).
b) Los fundamentos de la decisión deben provenir del ordenamiento jurídico positivo y relacionarse con el caso concreto, así como con el material fáctico, la calificación jurídica y la valoración de las pruebas. De este modo, la motivación deja de ser un requisito meramente formal y se convierte en una garantía sustantiva frente a la arbitrariedad, pues permite verificar que la decisión judicial responde a razones jurídicas y no a criterios subjetivos.
c) Con base en la motivación, como valor agregado, se cumple una función pedagógica, que contribuye a la formación de una cultura jurídica y a la comprensión ciudadana del funcionamiento de la justicia.
En el escenario peruano, caracterizado por un persistente cuestionamiento y desconfianza hacia las instituciones públicas, la motivación de las resoluciones judiciales se erige como uno de los principales factores de legitimación del ejercicio de la función jurisdiccional. No se trata únicamente de un deber técnico impuesto al juez, sino de una exigencia propia del Estado constitucional, en tanto condiciona el ejercicio de la jurisdicción a la exposición pública de razones jurídicamente controlables.
Asimismo, la motivación cumple una función institucional que trasciende el caso concreto. A través de ella, se facilita la comprensión de la interpretación judicial del Derecho por parte de otros órganos del Estado, se contribuye a la uniformidad jurisprudencial y se hace accesible a la ciudadanía la forma en que las normas son aplicadas en la práctica. Por ello, la motivación se vincula estrechamente con la teoría de la argumentación jurídica, en la medida en que el juez debe convencer mediante razones y no imponer decisiones por la sola investidura del cargo.
La ausencia de motivación o una motivación deficiente genera efectos gravemente deslegitimadores, especialmente cuando la resolución no responde a los argumentos planteados por las partes, presenta contradicciones internas u omite aspectos relevantes. Estos supuestos han sido reiteradamente censurados por el Tribunal Constitucional por vulnerar el derecho fundamental a la debida motivación.
Finalmente, en la era digital, la motivación enfrenta nuevos desafíos vinculados a la transparencia y a la protección de la privacidad. En este contexto, cobra relevancia la idea de que el juez habla a través de sus sentencias, por lo que debe considerar adecuadamente los hechos, la calificación jurídica y los medios probatorios para adoptar una decisión correcta.
En una democracia constitucional, el Poder Judicial no se legitima por el voto popular, sino por la calidad pública de su razonamiento. Las resoluciones judiciales no solo deben parecer justas, sino serlo, y ello solo es posible cuando la decisión se explica y se hace comprensible, especialmente, para quienes están sujetos a ella.
Referencias:
Tribunal Constitucional del Perú, Exp. N°001480-2006-AA/TC (2018).
Liza Castillo, L. M. (2022). Importancia de la motivación de las resoluciones. Revista Oficial del Poder Judicial, 14(18), 289–304. https://doi.org/10.35292/ropj.v14i18.610
Poder Judicial del Perú. “Importancia de la motivación de las resoluciones.” Revista Oficial del Poder Judicial 14, n.º 18 (julio–diciembre 2022): 289–304.https://doi.org/10.35292/ropj.u14i18.610.









