¿Cómo la aplicación del gobierno corporativo puede ayudar a lidiar los problemas que vive las empresas modernas en los últimos tiempos?

Escribe: Noemi Lizbeth GUTIERREZ RAMIREZ

Estudiante de 5to año de Derecho de la UNMSM. Miembro principal del Grupo de Estudios Sociedades – GES.

Fuente: http://www.blogs.iadb.org

I. Introducción

En la actualidad las empresas viven en constantes cambios gracias a la economía, política y tecnología, por ende, tienen que estar a la vanguardia para dejar una huella en el mercado. Inclusive, los consumidores Millennials no son ajenos a estas exigencias ya que precisamente son ellos los que se dejan llevar por la reputación e imagen que la empresa genera; es decir, en base a la responsabilidad y transparencia que brindan a sus clientes.

Ya desde hace años, especialistas de la materia estuvieron investigando respecto el gobierno corporativo por el impacto que tiene en la realidad empresarial autores peruanos como Marisol Alfaro (2008) afirma que el gobierno corporativo genera mayor valor a la empresa  tanto en su ámbito interno como externo o como Alonso Morales (2011) que afirma que, las prácticas de buen gobierno corporativo toman cada vez más importancia en el Perú y en el mundo; para elevar los estándares de transparencia, trato justo, independencia y profesionalismo de la administración, resultando un medio adecuado para alcanzar mercados de valores más confiables y eficientes.

Las prácticas del buen gobierno corporativo “constituyen un estándar bajo cuyo marco las sociedades son dirigidas y controladas, comprendiendo aspectos de regulación y de organización, que pueden ser adecuadamente implementados a una empresa” (Morales 2011, 60). Asimismo, hay autores extranjeros como José Maza que contribuye respecto la implicancia del Compliance en el gobierno corporativo que sirven como referentes para tener mayor comprensión respecto el tema.

II. Objetivos

2.1.1. Beneficios directos gracias a la incorporación de normas del gobierno corporativo

La aplicación de la figura del gobierno corporativo en Latinoamérica, conformado en general por países emergentes, ha presentado “algunos inconvenientes” como resultado de las carencias propias de sistemas democráticos incipientes que no otorgan la estabilidad jurídica requerida por los sistemas financieros; lo que genera un clima de incertidumbre y riesgo latente (Alfaro 2008, 101).

Sin embargo, nuestro entorno nacional no está exento de lo anterior a causa de la inestabilidad política, desaceleración del crecimiento económico mundial o la corrupción que perdura desde hace muchas generaciones. Por tanto, dentro de ese entorno las empresas se ven compelidas a salvaguardar sus patrimonios y optan por hacerse de utilidades en lapsos breves, desatendiendo el cuidado de su gestión y posicionamiento dentro del mercado, como resultado de un trabajo sostenido en el tiempo que va de la mano con la transparencia como factor importante para obtener mayor credibilidad institucional y ofrecer una buena percepción a los consumidores y diferentes receptores con las que la empresa actúa.

En ese sentido, con la implementación de las practicas del gobierno corporativo se busca atraer financiamiento de nuevo capitales, proteger los derechos de los inversionistas y otros grupos de interés, mejor manejo de la administración de las sociedades, fomentar confianza, transparencia y reducir la imagen de peligro por parte de los inversionistas en los mercados financieros y finalmente, promover la competitividad local e internacional entre otros.

Para obtener tales resultados se debe implementar una política de gestión de riesgos, el cual consiste en un diseño e implementación de políticas que ofrezcan pautas para la identificación y tratamiento de los riesgos, es una práctica líder entre empresas con gobiernos corporativos robustos. Es recurrente que estas políticas sean aprobadas por los directorios y, por ende, estén alineadas con el apetito de riesgo definido por la empresa, a pesar de ello, esta es aún una práctica incipiente entre las empresas. Apenas el 17% de ellas cuentan con una política de esta naturaleza a pesar que esta refleja la visión de dirección sobre lo que debe hacerse para llevar a cabo el debido control (Acosta 2019, 30).

Asimismo, el gobierno corporativo tiene respaldo del Compliance en cuanto la empresa lo considere necesario. La función del segundo, son las tareas de prevención, detección y gestión de riesgos mediante la operación de uno o varios programas de Compliance así contribuyendo a promover y desarrollar una cultura de cumplimiento de la sociedad. Según Maza (2017, 9), la función del Compliance puede concurrir tanto en organizaciones públicas como privadas, con y sin ánimo de lucro.

La función del Compliance está dotada de autonomía suficiente para desarrollar sus cometidos esenciales sin precisar mandatos específicos para ello; además, cuenta con la norma ISO 19600 que es un estándar internacional adecuado que sirve para definir sistemas de gestión sobre campos específicos de Compliance que carezcan de un texto adaptado a sus particularidades, y también para construir superestructuras de vocación transversal, capaces de coordinar diferentes bloques técnicos  de privacidad, competencia, prevención penal, etc. (Casanovas 2018, 10).

Finalmente, Alfaro menciona que se ejerce las prácticas del gobierno corporativo con la finalidad de generar el valor de la empresa, tanto en su ámbito interno como externo, así como el acceso a financiamiento barato y a largo plazo. Las prácticas de buen gobierno corporativo contribuyen al flujo de capitales, tanto nacionales como extranjeros, con la finalidad de proveer dinero barato a los agentes financieros deficitarios (2008,103).

III. Antecedentes históricos

3.1. ¿Cuándo nació el gobierno corporativo?

El boom histórico fue la crisis de Wall Street en 1929 el cual fue la primera advertencia respecto a la necesidad de transparentar y encontrar una manera de que los directivos respondan a los accionistas por sus prácticas de negocios. La «gran crisis» de los años 30 la que desencadenó nuevas lecturas del papel que la dirección y gestión de las sociedades había desempañado. Hubo quien consideró que la raíz del problema se hallaba en el excesivo poder de una junta de accionistas volcada exclusivamente en una satisfacción miope y, en algunas circunstancias, incompatible con el interés de la comunidad. Lo que procedía entonces era la configuración de un marco legal potente para que los administradores orientaran las sociedades hacia una conducta más respetuosa con el conjunto de agentes, también externos, afectados por su actividad. De otro lado, y en sentido diametralmente opuesto, el modelo anglosajón puso el énfasis en el improcedente despojo de los accionistas de sus facultades como auténticos y últimos responsables de la entidad (Ponce 2015, 50).

Es recién en los años 70 nace el dilema de priorizar el ejercicio de derecho de propiedad que tenía los accionistas o velar por el incremento del valor de sus inversiones o ambas. También que, en los mismos años, el gobierno corporativo fue objeto de estudio, debate y centraron numerosos esfuerzos en propiciar una profunda reforma de los mismos. Los accionistas actuaron como catalizadores de estos cambios, ya que requerían una participación más activa y un mayor peso específico al ejercer sus derechos sobre la propiedad de la empresa para, finalmente, dar un beneficio nominal superior a las acciones. Por tanto, las responsabilidades de los directores corporativos en las tres décadas posteriores se fueron expandiendo mas allá de las responsabilidades legales tradicionales de debida diligencia y fidelidad a la compañía y accionistas(Aristi 2010, 50).

IV. Análisis del gobierno corporativo

4.1. ¿Qué es el gobierno corporativo?

Se crea esta figura con la finalidad de alinear los conflictos de intereses, costes de agencia que se derivan de la separación funcional ante la propiedad y gestión, los aportes de este movimiento de reforma van dirigidos, no a cualquier sociedad, sino, fundamentalmente a aquellas sociedades que apelan al financiamiento público a través del mercado de valores, que cuentan con un significativo porcentaje de su capital disperso free float entre una multitud de accionistas inversores(Vargas, 360). Acotar que el gobierno corporativo está conformada por un sistema donde las sociedades son dirigidas y controladas donde su estructura específica, la distribución de los derechos y responsabilidades entre diferentes participantes de la sociedad, tales como el directorio, los gerentes, los accionistas y otros agentes económicos que mantengan algún interés en la empresa (Morales 2011, 74).

Sin olvidar que el gobierno corporativo puede ser adoptado por todo tipo de empresas como: empresas listadas en bolsa, grandes compañías, sociedades anónimas y abiertas, sociedades cerradas, sociedades de familia, instituciones gubernamentales, pequeñas y medianas empresas, asociaciones sin ánimo de lucro, etc. En general, cualquier tipo de organización que busque mejorar las prácticas de su administración, ser más transparente, competitiva y sostenible en el largo plazo se le recomienda aplicar el gobierno corporativo. Sin embargo, para adoptar dicho modelo eficiente las empresas deben tener en cuenta su estructura, las costumbres, las leyes y marcos regulatorios de cada país (Cruz 2016, 7).

4.2. Las principales áreas de actuación del gobierno corporativo

El gobierno corporativo tiene como objetivo obtener mayores utilidades a corto y largo plazo donde no faltan los conflictos de intereses entre los integrantes de la sociedad. Por eso, las medidas de gobierno corporativo se centran en el funcionamiento, las conductas individuales de sus miembros y las acciones de los consejos de administración de las organizaciones. Pero, todo lo anterior tiene un sustento material o electrónico en el Código de Gobierno Corporativo. Inclusive, Perú ha elaborado un Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas, el cual comprende los mejores estándares de buen gobierno corporativo identificados a nivel global y local, que se ajustan a la realidad peruana, y en donde se resalta en especial la dinámica de la junta general de accionistas (propiedad), el directorio (administración) y la alta gerencia (gestión ordinaria); así también, se da cumplimiento en la implementación de una gestión de riesgos adecuada (Superintendencia del Mercado de Valores, 2013) (Córdova et al. 2018, 47).

Por lo tanto, las principales áreas de actuación de los códigos son aquellas que muestran y regulan las responsabilidades y actuaciones como son la junta general, el consejo de administración y comité de auditoría e información financiera (Aristi 2010, 55).

4.3. ¿El uso del Código del Buen Gobierno Corporativo es realmente obligatorio?

En la realidad las empresas tienen que ser competitivas; por ello, buscan implementar altos estándares de transparencia, profesionalismo y eficiencia, para así producir confianza, mayor valor y competitividad en el mercado. Pero no siempre sucede así porque simplemente los códigos de buen gobierno corporativo no son de aplicación obligatoria.

Es así que los gobiernos nacionales y de mercados comunes necesitan articular tres pilares básicos para garantizar la idoneidad en la gestión empresarial a través de instancias de gobierno corporativo en sus mercados de valores: normatividad clara y precisa al respecto, instrumentos institucionales eficaces capaces de realizar un seguimiento eficiente de los mercados y de intervenir con rapidez en casos de irregularidades, actuación ágil y eficaz de los órganos de justicia correspondientes (Aristi 2010, 59).

Sin dejar de lado la respuesta a la interrogante, los códigos de buen gobierno corporativo no son una prioridad en muchas empresas aún. Sin embargo, la adopción de prácticas de gobernanza corporativa es susceptible de generar valor en la empresa, pero resulta una baja prioridad para las empresas que todavía están en la búsqueda de un nivel óptimo de desarrollo y sofisticación en otros aspectos de su actividad comercial (Guarniz 2017, 64).

4.4. Gobierno corporativo: ¿Será necesario contar con directores independientes?

Los profesionales encargados de dar vida a las prácticas del gobierno corporativo no solo tienen que demostrar conocimientos teóricos y habilidades para implementar este conjunto de reglas, procesos y principios, sino también un alto estándar ético en la dirección de las empresas con la finalidad de dar un valor agregado no solo para el accionista o inversionista, sino también para la sociedad misma.

Por dichas razones, los directores independientes se han convertido en el pilar fundamental de los gobiernos corporativos, su rol es crucial para que los códigos o principios de gobierno puedan aplicarse en las sociedades. Su rol es de tal importancia, que se han constituido en un requerimiento de los principales centros bursátiles del mundo. Un punto importante es la independencia, esto se da en dos manifestaciones, primero puede establecerse en la medida que el director no pertenezca al grupo de los insiders, o en la medida que no pertenezca a ningún grupo que tenga interés en la sociedad (stakeholders).

Con estas medidas se intenta reducir o eliminar cualquier conflicto de interés o sesgo que pueda surgir en la toma de decisiones de los directores. Asimismo, una evaluación de los directores es necesaria para potenciar al directorio y reorientar el trabajo en aquellas áreas débiles con el objeto de corregir posibles conflictos y mejorar el trabajo en las sesiones de directorio. Fundamentalmente, el trabajo de los directores es un trabajo en equipo y por tanto requiere de una buena compenetración entre sus miembros (Figueroa 2003, 33).

Además, el directorio, en el marco de sus facultades para proponer el nombramiento de directores, promueve que al menos un tercio del directorio esté constituido por directores independientes. Son aquellos seleccionados por su trayectoria profesional, honorabilidad, suficiencia e independencia económica y desvinculación con la sociedad, sus accionistas o directivos. El director independiente propuesto declara su condición de independiente ante la sociedad, sus accionistas y directivos. La sociedad brinda a sus directores los canales y procedimientos necesarios para que puedan participar eficazmente en las sesiones de directorio, inclusive de manera no presencial. Además, el directorio de la sociedad conforma comités especiales que se enfocan en el análisis de aquellos aspectos más relevantes para el desempeño de la sociedad, tales como la auditoría, los nombramientos y retribuciones, los riesgos, gobierno corporativo, entre otros. Los comités especiales están liderados por directores independientes (Rocca 2013,12).

Para que la sociedad marche con pocos conflictos de intereses posibles es necesario contar con directores independientes por el impacto de profesionalismo que tiene sobre la sociedad. Por esta razón, para fortalecer una empresa como una institución transparente, creíble y sólida a nivel institucional, se debe contar con un elemento central: el consejo de administración, que tiene origen en Reino Unido, exactamente en la junta de propiedades de las primitivas asociaciones regidas por las leyes civiles.

4.5. Los conflictos del gobierno corporativo y sus posibles soluciones

Para Alfaro, en el Perú se han creado algunos correctivos para ello, tal como el nombramiento de directores independientes que eviten cualquier tipo de conflicto de interés y que, por el contrario, velen por el bienestar de la sociedad en su conjunto. Aun cuando esta iniciativa no está regulada en el Perú por la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, viene siendo aplicada por las empresas que listan en bolsa puesto que les permite incrementar su valor e ingresar a mercados más exigentes, dentro de los cuales se requiere estándares más altos y mayor transparencia (2008, 101).

Por ende, el consenso es el mejor remedio para ayudar a prevenir, resolver y reducir el impacto negativo de los conflictos de gobierno corporativo. Los conflictos pueden surgir entre la junta directiva y sus accionistas, o entre los miembros de junta directiva y la gerencia ejecutiva. Conflictos más comunes son los desacuerdos entre los accionistas de la compañía y la compañía o su junta directiva entre otras. Por consiguiente, las alternativas a los procesos judiciales basadas en el consenso pueden ser una solución como los mecanismos alternativos de resolución de conflictos como los arbitrajes. La clave para controlar los riesgos legales es, con frecuencia, una cuestión de minimizar las posibilidades de un litigio en los tribunales. Buscar una reparación en los tribunales debería ser el último recurso de las partes, y debería ser utilizado únicamente cuando las alternativas fallan.

Los MARC (mecanismos alternativos de resolución de conflictos) ofrecen opciones flexibles y más eficientes para resolver los conflictos, normalmente son voluntarios y confidenciales, y cada uno de ellos posee características que incentivan la solución de los problemas de manera constructiva, sin incurrir en los costos de tiempo, dinero y relaciones adversas que existen en los procesos legales. Los MARC más comunes son la negociación, la mediación y el arbitraje. Las partes contribuyen en el diseño del proceso y toman posesión de los acuerdos negociados (Guy 2017, 40).

V. Conclusiones

5.1. Se debe tener en cuenta que la implementación de las buenas prácticas del gobierno corporativo se da normalmente en empresas grandes y constituidas que han evolucionado institucionalmente, aunque no tiene el mismo impacto en las empresas pequeñas o familiares. A pesar de estas limitaciones prácticas, en teoría cualquier tipo de empresa puedo adoptar prácticas de gobernanza corporativa para mantener el negocio el mayor tiempo posible. Eso conllevaría también, que los inversionistas valoren más la idea de invertir en tal entidad.

5.2. En la actualidad empresarial, se busca tener mayor proyección de la empresa en un largo plazo. Por ello, una empresa que quiera sobrevivir en “la jungla” que es el mercado globalizado debe prepararse desde adentro, desde sus órganos de gobierno, para así desarrollar una labor con la mayor transparencia posible y ser foco de atracción para cualquier inversionista. Además, que genera un impacto en la economía nacional porque incentiva la entrada de capital extranjero también favorece el crecimiento y creación de nuevos empleos dentro de la sociedad.

5.3. Asimismo, en los últimos tiempos los escándalos corporativos como son los casos de corrupción se han convertido en un dolor de cabeza tanto para las empresas y el Estado, por eso razón, las   prácticas del buen gobierno corporativo ya no es una opción, es una exigencia; una cuestión de supervivencia ya que la figura del gobierno corporativo da un valor agregado a la empresa que pretenda adoptarlo.

VI. Referencias

Acosta, Urdaneta y Juscamita. 2019. Promoviendo el desarrollo de una cultura de prevención, 2da. ed. Lima: EY Librery.

Alfaro, Marisol. 2008. “Apuntes sobre el gobierno corporativo en el Perú”. Revista PUCP/Foro Jurídico, n° 101 y 103.

Aristi, Enrique. 2010. Compliance, cumplimiento normativo y seguridad en la empresa. España: Editorial Aranzadi.

Casanovas, Alain. 2018. Estándares internacionales en compliance: ISO 19600 y 37001. España: KPMG International Cooperative.

Córdova Velásquez, Pedro Miguel, Leslie Carol Giraldo Alejos, Alejandro Juvenal Loo Phun y Orlando Zegarra Quesada. 2018. “Impacto de las buenas prácticas de gobierno corporativo en la creación de valor de las empresas que cotizan en la Bolsa de Valores de Lima durante el periodo 2012 – 2016″. Tesis de magister. Pontificia Universidad Católica del Perú. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/bitstream/handle/20.500.12404/12704/CORDOVA_GIRALDO_PRACTICAS_BOLSA.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Cruz, Dora. 2016. Importancia de las buenas prácticas de gobierno corporativo. Bogotá: Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano.

Figueroa, Luis. 2003. Gobiernos corporativos y directores independientes de “Mercado de Control Empresarial”. Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores, 33-36.

Guarniz, Reynaldo. 2017. El cinismo y el gobierno corporativo. IUS ET VERITAS, n.° 54, 64.

Guy, Marie-Laurence. 2017. Guía del usuario: resolución de conflictos de gobierno corporativo. Washington: Global Corporate Governance Forum.

Maza, José. 2017. Libro blanco sobre la función de Compliance. Madrid: ASCOM Asociación Española de Compliance.

Morales Acosta, Alonso. 2011. Responsabilidad social buen gobierno corporativo. Lima: Asesorandina.

Ponce, Jaime. 2015. El gobierno corporativo en Iberoamérica. Madrid. Fundación Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores (IIMV), 50. Acceso el 28 de mayo de 2021. https://www.iimv.org/iimv-wp-1-0/resources/uploads/2015/04/gobierno-corporativo_web.pdf

Rocca, Lilian. 2013. Código de buen gobierno corporativo para las sociedades peruanas. Lima: Superintendencia del Mercado de Valores.

Vargas Apolinario, Andrés Vicente. 2004. El buen gobierno corporativo como solución a los problemas de gobierno y control en la sociedad anónima. Tesis. Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

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