
Escribe: Manuel de Jesús Acosta Delgado
Miembro honorario del Grupo de Estudios Sociedades – GES. Coordinador del Boletín Sociedades.
Fuente: http://www.lajusticiadigital.com
En agosto tuve la oportunidad de asistir a la Feria Internacional del Libro (FIL Lima 2022) que tuvo lugar en el Parque Próceres de la Independencia de Jesús María. Con mucha alegría observé la cantidad de personas que pudieron acercarse al recinto, pero más por la variada oferta de libros en cada uno de los stands. Para aquellos que sienten un gran placer por la lectura, la feria se constituye en ese sitio ideal donde se expone el nuevo conocimiento.
Es así que uno de los libros llamó mi atención. Se trató del libro intitulado Técnicas para la argumentación de textos jurídicos de Nitish Monebhurrum (Palestra Editores, 2018) donde fundamentalmente el autor nos propone un método para la construcción de la argumentación jurídica de manera que los textos que podamos escribir puedan convencer al lector sobre la idea o tesis que se propone. Una de las etapas de su método consiste en definir los conceptos claves y seleccionar las fuentes de investigación. Sobre esto último, el autor cuestiona que en esta etapa, el investigador (ya sea el estudiante de derecho o el abogado) consulte en primer lugar a la doctrina. Parte de su propuesta es que, en un sistema de derecho romano-germánico, la doctrina no sea consultada sino hasta el final pues esta constituye la interpretación personal de un autor respecto a un tema y, por tanto, cargada de subjetividades.
Por ello nos propone como método, que partamos de las fuentes más objetivas hacia las más subjetivas. Así, se debe iniciar la investigación leyendo la norma jurídica (puesto que es el objeto de estudio) y tratar de comprender sus alcances, para luego revisar las costumbres, los principios generales del derecho, la jurisprudencia (que también es una opinión sobre una controversia jurídica, pero es una opinión oficial respecto lo que se interpreta de la norma) y al final la doctrina (que es una opinión no oficial).
La propuesta me parece interesante y es por ello que, luego de su lectura, me cuestionaba si en la redacción de informes legales, escritos de demanda, tesis, monografías, etc. alguna vez nos hemos detenido en pensar en una estrategia académica para seleccionar las fuentes de información y luego redactar nuestros documentos de manera más eficiente y, especialmente, que cuenten con un mínimo de coherencia, es decir, que su argumentación sea lo más entendible posible.
En la universidad se dictan cursos sobre metodología de la investigación y de argumentación jurídica que muchas veces se centran en la teoría, pero pocos ahondan en su aspecto práctico que es justamente la selección de fuentes y en la redacción de textos. Y si bien redactamos ya sea en la universidad o en nuestros centros laborales, no siempre estos son producto de una investigación metódica que siga etapas, ¿cuántas veces hemos llamado “investigación” el solo googlear en la red? De allí que me parece interesante la propuesta Nitish Monebhurrum y una necesidad para cualquier profesional del derecho que nos cuestionemos si en verdad usamos un método en la investigación jurídica. Nunca es tarde para crear o copiar un método. Estoy seguro que será un estudiante o abogado distinto cuando investigue y redacte en base a un método.