
Escribe: Lucía Natalia Timaná Quispe
Miembro honorario del Grupo de Estudios Sociedades – GES
Fuente: Gemini IA
El laudo es el producto directo de la función decisión del árbitro, es la expresión escrita de su razonamiento sobre la controversia puesta a su conocimiento. Como señala Born (2014), “the making of an award refers to the tribunal’s rendering of its decision”. Desde esta perspectiva, las partes esperan un documento que refleje su análisis y criterio de las personas que eligieron como sus árbitros. Sin embargo, detrás de cada laudo suele existir un trabajo colectivo que podría contradecir esa premisa.
El apoyo de asistentes, practicantes o secretarios arbitrales constituye una práctica invisible pero ampliamente reconocida. No obstante, el grado de intervención varía según el tipo de arbitraje y el perfil del árbitro. Esta situación incide en las siguientes cuestiones: (i) la autoría material de la decisión, y (ii) la función decisoria del árbitro.
Asimismo, abre la puerta a cuestionar la posibilidad de que las decisiones de un tribunal arbitral podrían ser redactadas/generadas mediante inteligencia artificial, en la medida que podría sostenerse una similitud entre el equipo de apoyo de un árbitro y la IA. A partir de ello, surge la siguiente interrogante: ¿hasta qué punto la inteligencia artificial puede intervenir en la redacción del laudo sin desnaturalizar la esencia del juicio arbitral ni comprometer su validez?
Al redactar el laudo, el árbitro debe tener presente quién lo leerá: la parte perdedora revisará minuciosamente los fundamentos de la decisión, la ganadora buscará claridad en la parte dispositiva y las cortes superiores verificarán el respeto al debido proceso (Award, 2020). La precisión y coherencia en la redacción no son solo cualidades de estilo, sino elementos sustanciales de la función decisoria. Destaca aquí la motivación del laudo, la cual constituye una garantía procesal esencial que asegura que la decisión sea producto de un razonamiento lógico y no de la arbitrariedad.
Dado que el laudo debe ser escrito (art. 55.1 de la Ley de Arbitraje peruana y art. 31.1 de la Ley CNUDMI), la motivación está estrechamente ligada a la redacción. “La importancia de la redacción jurídica estriba en (…) transmitir correctamente sus argumentos claves para una defensa adecuada” (Bautista, 2023). Así, esta no puede reducirse solo a una lista de argumentos, sino que también implica la construcción estructurada y coherente de los argumentos jurídicos.
Ahora bien, ello no implica que los árbitros deban redactar íntegramente sus decisiones por sí solos, pero sí corresponde reconocer un límite intraspasable frente al uso de nuevas tecnologías: no es equivalente el apoyo en la redacción de un laudo brindado por un asistente humano que aquel proporcionado por una IA. La diferencia se sustenta en varios factores: el contacto directo con el equipo de trabajo, mayor garantía de confidencialidad, supervisión inmediata, conocimiento especializado, posibilidad de debate y contraste de posiciones, y mayor capacidad para detectar errores y ejercer autocrítica.
Si bien una inteligencia artificial puede contribuir a mejorar la eficiencia en la gestión documental y en la sistematización de información, su participación en la etapa decisoria y en la elaboración del laudo no puede sustituir el trabajo y el criterio humano; por el contrario, utilizarla introduce riesgos significativos para la debida motivación. Potencialmente puede afectar la coherencia interpretativa que sustenta la seguridad jurídica, relacionado con el problema de la “caja negra” de la IA. Este es entendido como la incapacidad de ciertos modelos de aprendizaje automático para explicar o justificar las decisiones que adoptan, generando procesos opacos incluso para sus propios programadores (Jijón y Moncayo, 2024).
La función decisoria del árbitro no se agota en determinar el sentido del fallo, sino que se materializa en su redacción y motivación. Si bien la inteligencia artificial puede constituir una herramienta de apoyo útil, no puede sustituir el juicio humano sin comprometer la esencia misma de la decisión arbitral. Permitir su intervención en la elaboración del laudo introduce riesgos para la debida motivación y, en consecuencia, para su validez. El arbitraje descansa en la confianza depositada en la experiencia y criterio de los árbitros; admitir que un sistema algorítmico sustituya —total o parcialmente— ese juicio implicaría socavar los fundamentos de su legitimidad.
Referencias
Award, Álvaro. 2020. “Chapter 11: Jumping in the Pool: How to Write Your First Arbitral Award.” En Surviving in the Field of International Arbitration: War Stories and Lessons Learned.
Born, Gary B. 2014. International Commercial Arbitration. 2nd ed. Alphen aan den Rijn: Kluwer Law International.
Jijón Letort, P., y D. Moncayo Grijalva. 2024. “La inteligencia artificial en el arbitraje internacional: entre la eficiencia y la opacidad decisoria.” Revista Ecuatoriana de Arbitraje, n.º 15: 55–78.
Yllanes Bautista, Gustavo. 2023. “La importancia y necesidad de la redacción jurídica en la formación profesional del abogado en el siglo XXI.” Boletín Científico de la Escuela Superior de Actopan.