Los estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM:  actores en la cogestión académica y proyección en la sociedad*

María Elena Guerra -Cerrón

Docente principal Facultad de Derecho y Ciencia Política, UNMSM

Fuente: imagen https/gobernanza.unmsm.edu,pe

Resumen 

La Gobernanza universitaria está relacionada con la gestión y organización para la “gestión del cambio institucional” como un proceso continuo. En este marco puede identificarse a la gestión académica, gestión de la investigación y gestión del conocimiento. El eje se identifica en la gestión académica, pero la fusión de todas las gestiones mencionadas, incide en la cualidad de eficiencia de la educación superior. En pregrado, en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM (la Facultad), en la Gobernanza universitaria, especialmente en la gestión académica, a los estudiantes los he identificado como actores y han dejado de ser solo destinatarios de esta gestión, para pasar a tener un rol protagónico, por la tarea académica que realizan, además que son creadores de espacios de investigación y de difusión del conocimiento, a través de los talleres y grupos de estudio y, también por los “Cursos de Verano” que han venido ofreciéndose a lo largo de los años, anualmente a la comunidad jurídica. Esta actividad de los estudiantes; en la que se verifica las competencias de saber, saber ser y saber hacer, constituye un valor agregado en la gestión constituye; de ahí que puede reconocerse a la participación estudiantil como una cogestión académica.*

1. Introducción

En el Perú, de acuerdo a lo establecido en el artículo 55 de la Ley 30220, el Gobierno de la universidad es ejercido por diferentes instancias, entre estas, los Decanos y los representantes de los estudiantes de pregrado y posgrado. En lo que se refiere a los estudiantes la participación que se les reconoce es la política; sin embargo, si se tiene en cuenta que la Gobernanza universitaria, hoy día, es calificada como un concepto omniabarcante (Fossatti, Ganga y Jung, 2017, p. 15), puede sumarse al cogobierno, la participación estudiantil en la gestión académica con el efecto de promoción de la investigación, la proyección social e incluso como actividad de responsabilidad social universitaria.

La concepción de que los estudiantes solo participan en el gobierno y fiscalización de la actividad universitaria, a través de sus representantes o participan en los procesos de evaluación docente, es incompleta debido a diferentes manifestaciones y buenas prácticas como las que pueden ser identificadas en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

En el año 2011, teniéndose en cuenta la demanda de una educación eficiente o de calidad, se publicó, de autoría propia, el comentario “Una forma de estudiar y hacer el Derecho por estudiantes: Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos” (Guerra-Cerrón, 2011, pp. 4-5). En esa oportunidad, con el concepto aun restrictivo de “Gobernanza universitaria”, solo se reconoció a una especial actividad de los estudiantes, quienes habían creado espacios de estudio para la investigación, discusión y difusión de conocimientos, como complemento a su formación universitaria. Así, fue descrito de manera breve el objeto de estudio de algunos talleres, círculos o grupos de trabajo organizados y liderados por estudiantes y con una supervisión de la Unidad de Investigación, como órgano de línea de la Facultad. Lo que entonces fue reconocido como una buena práctica, hoy ha superado esa categoría y ha pasado a ser una manifestación de cogobierno académico. Esta gestión académica estudiantil trasciende los muros de cada grupo, cuando se organizan, como colectivo, para el desarrollo de los llamados “Cursos de Verano” que se ofrecen anualmente, en el periodo de vacaciones, de manera gratuita a la comunidad académica, que hoy con el auxilio de la tecnología, ha traspasado la frontera nacional. 

En este contexto, la interrogante que se plantea es ¿Cuál es el fundamento para reconocer a los estudiantes como actores en la gestión académica como manifestación de Gobernanza universitaria?, cuya respuesta se desarrolla en este texto según la metodología cualitativa y de alcance descriptivo, con base en la experiencia docente en FDCP de la UNMSM. 

2. Concepto de Gobernanza Universitaria

Según Acosta Silva, la Gobernanza universitaria está relacionada con la gestión, organización y 

…en la capacidad de los gobiernos universitarios para coordinar acciones, formular objetivos comunes y diseñar e implementar estrategias de innovación, fortalecimiento, adaptación o cambio de los comportamientos institucionales universitarios. En términos prácticos, el concepto de gobernanza significa específicamente la “gestión del cambio institucional”, con un claro propósito de producción y organización de respuestas institucionales a la veloz transformación de los entornos universitarios… (2018)

De allí que, un concepto propio de Gobernanza universitaria es el descrito de la siguiente manera: es la metodología y el diseño del modelo de gestión y, su posterior implementación para el funcionamiento de universidad para el cumplimiento de sus fines, así como para la toma de decisiones y su proyección en la sociedad. Gobernanza no es sinónimo de gobernabilidad, la primera es la forma de gobernar y la segunda es la relación que existe entre la forma de gobierno y la aceptación de esta en una situación determinada, por sus efectos o por su legitimidad, entre otros. 

En la Gobernanza universitaria se identifica a actores principales, actores estratégicos y actos secundarios, con competencias y atribuciones. A su vez, en este contexto se identifican diferentes ámbitos de gestión y los que interesan para este trabajo son: la académica, de la investigación y del conocimiento.

Por otra parte, la gestión académica se describe como 

…aquel ámbito de acción orientado a facilitar y mejorar los procesos formativos que imparten las instituciones de educación superior. Esto incluye la definición, implementación y seguimiento de procesos de mejoramiento continuo que les permitan responder y anteponerse a las necesidades formativas de sus estudiantes, a las exigencias del entorno, del mercado laboral y la política pública. (Comisión Nacional de Acreditación, CNA-Chile, 2018)

En cuanto a la gestión de la investigación, existen áreas o unidades competentes que elaboran planes de trabajo para promover el desarrollo de proyectos de investigación y, en relación a la gestión del conocimiento, en las universidades importa la articulación de las competencias: “saber”, “saber ser” y “saber hacer”.

La gestión académica, de investigación y de conocimiento, si bien son conceptualizadas de manera autónoma y son de competencia de personas o unidades distintas, deben articularse, para cumplir con los fines de la universidad. En este trabajo se considera que, en la cogobernanza académica, en la que participan los estudiantes, se alcanzan tres propósitos: académico, investigación y de conocimiento; y ello se manifiesta además en una proyección social e incluso en una manifestación de responsabilidad social; puesto que, según la Ley universitaria peruana en el artículo 124 sobre Responsabilidad social universitaria, se señala expresamente que es la gestión ética y eficaz del impacto generado por la universidad en la sociedad debido al ejercicio de sus funciones: académica, de investigación y de servicios de extensión y participación en el desarrollo nacional en sus diferentes niveles y dimensiones y que compromete a toda la comunidad universitaria. (Ley 30220, Ley Universitaria, 2014)

3. Los estudiantes como actores en la gestión académica

Aun cuando se identifica el binomio de docente-estudiante en el proceso de enseñanza-aprendizaje, cuando se habla de la gestión académica, la referencia directa es a los docentes, como actores de la misma y, con ello se califica su participación como fundamental para alcanzarse la eficiencia en la educación superior, no se considera a los estudiantes como actores, ya que ellos serían los destinatarios de la gestión y formación universitaria. 

Sin embargo, si tenemos en cuenta que

 Al referirnos a la gestión académica, hay que tener en cuenta que esta comprende, en el contexto universitario, la movilizaciòn y articulación de diferentes procesos y recursos con un enfoque en la calidad del trípode enseñanza-investigación-extensión, de forma articulada los cambios y tendencias educacionales. De este modo, “la enseñanza se debe conectar con las demandas y la realidad local. La investigación es una comptetencia intelectural,pero adquiere sentido cuando está interrelacionada con la extensión comunitaria. (Fossatti et a., 2019, p. 45).

 Entonces puede reafirmarse que a través de la “gestión académica” se puede cumplir una cuádruple finalidad: de gestión propiamente de investigación, de conocimiento y extensión y, de responsabilidad social. 

A partir de la experiencia de la participación estudiantil en la gestión académica de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, se identifica a los estudiantes como actores estratégicos.

4. Experiencia de cogestión académica en la FDCP de la UNMSM

La etapa formativa de los estudiantes es la ideal para estudiar las bases del derecho, para investigar, para desarrollar inquietudes heurísticas, en general y, para entender el derecho en su dimensión jurídica, económica y social. Si bien, en la formación de los estudiantes, la tarea y la responsabilidad principal es de los docentes, hay un espacio especial que ha sido creado por iniciativa de los propios estudiantes, quienes se reúnen y organizan para estudiar el derecho. 

Los espacios han sido creados por los estudiantes, de diferentes años de estudio, organizados en grupos de estudios, talleres de investigación, círculos, clínicas, y otros, con reconocimiento del Decanato de la Facultad de Derecho a través de una Resolución Administrativa. Los estudiantes comparten intereses temáticos, se estudia, se reflexiona y se analiza el derecho, como complemento de su formación universitaria. Las sesiones se realizan por lo general en día sábado para no interferir con el horario de clases. Cada grupo elige un profesor asesor, un alumno coordinador y se establece el método para alcanzar sus fines (ya sea mediante lecturas especializadas que luego son sometidas a discusión u organizando conferencias, seminarios o charlas, entre otros). 

Hoy, a través de redes sociales como el correo electrónico, los blogs y el Facebook, las actividades de los grupos traspasan los muros universitarios y están a disposición de toda la comunidad estudiantil y jurídica, lo que importa proyección hacia la sociedad. La pandemia por el COVID-19 no ha sido impedimento para continuar con este trabajo, al contrario, ha permitido descubrir que con la tecnología no es necesario desplazarse de un país u otro para poder compartir conocimientos de docentes de universidades extranjeras, lo que ha permitido que se ofrezca a la comunidad jurídica eventos académicos internacionales de calidad.

Según información de la Unidad de Investigación de la FDCP (Director de la Unidad de Investigación, 2021), son 35 grupos de estudios reconocidos y son los miembros que los conforman, los que cogobiernan académicamente. Existen otros talleres o grupos de estudio reconocidos entre los estudiantes de la FDCP, pero que aún no cuentan con el reconocimiento formal. Los grupos o talleres de estudio tienen estatutos propios y siguen los lineamientos generales contenidos en el Reglamento de funcionamiento de talleres de investigación de la Facultad (en adelante, el Reglamento) y, desarrollan un plan de trabajo y un proyecto de investigación anual en diferentes materias jurídicas con enfoque multidisciplinario e incluso interdisciplinario. 

Así, cuando en el artículo 5 del Reglamento se señala que los Talleres de investigación están subordinados jerárquicamente al Instituto de Investigación y cooperarán de manera complementaria en la labor científica de los institutos de investigación, el término “cooperarán” evidencia que indirectamente hay un reconocimiento de la cogestión académica.

La gestión académica de los estudiantes, a través de los grupos y talleres de estudio, además de tener una presencia significativa en la comunidad universitaria y académica, por las investigaciones que realiza, los comentarios y los artículos que publican sus miembros y las sesiones académicas abiertas al público para compartir los conocimientos, se combina con la gestión de la investigación y del conocimiento y, esta combinación se manifiesta en los “Cursos de Verano” que se ofrece de manera gratuita tanto en la participación como en la certificación. Como bien se señala, 

[L]a universidad, que desde su misión tiene como propósito la generación, difusión y transferencia de conocimiento a la sociedad, tiene un rol protagónico. Esto implica la necesidad de enfatizar la importancia de la función de extensión universitaria, por ser esta la que se encarga directamente de la interacción con el entorno. (Tinoco y Vizarreta, 2014).

Los tradicionales “Cursos de Verano” son coordinados por el Centro Federado de la FDCP, pero quienes los organizan y determinan el programa de acuerdo al objeto de estudio investigación son los grupos de estudio o talleres. Con ello los encargados de difundir los conocimientos son los propios estudiantes y también docentes invitados. Todo ello determina la realización de la extensión, la proyección y también de la responsabilidad social universitaria.

Así, el fundamento para reconocer a los estudiantes como actores en la gestión académica como manifestación de Gobernanza universitaria está en el concepto omniabarcante que permite la inclusión de ellos no solo como destinatarios finales, sino como actores, por su gestión en los grupos o talleres de estudio y en los “Cursos de Verano”.

5. Conclusiones

  1. La Gobernanza universitaria puede ser descrita como la metodología y el diseño del modelo de gestión, y su posterior implementación para el funcionamiento de la institución universitaria para el cumplimiento de sus fines, así como para la toma de decisiones y su proyección en la sociedad. 
  2. El interés, énfasis y desarrollo de la Gobernanza universitaria, como objeto de investigación, llevan a determinar que se trata de un concepto omniabarcante, por lo tanto, hoy se puede reconocer nuevas manifestaciones de cogobierno.
  3. Con el concepto omniabarcante de la Gobernanza universitaria se supera el enfoque restrictivo respecto a que la única forma de cogobierno en la que participan los estudiantes es en la vida política, a través de sus representantes o la evaluación docente.
  4. La gestión en la Gobernanza universitaria se manifiesta en la gestión académica, la gestión de la investigación y la gestión del conocimiento, considerándose a la primera como la principal para la realización de las demás.
  5. La experiencia y el trabajo de los grupos o talleres de estudio organizados en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, identificados inicialmente como una buena práctica, son una manifestación de cogestión académica con efecto en la gestión de investigación e igualmente en la gestión del conocimiento. Así también las competencias del “saber”, “saber ser” y “saber hacer”, se evidencian en la difusión de conocimientos a la comunidad universitaria y académica en general, con lo que se realiza una labor de extensión y una actividad de responsabilidad social universitaria.
  6. El fundamento para reconocer a los estudiantes como actores en la gestión académica, como manifestación de Gobernanza universitaria, es primero su propia concepción actual omniabarcante, el reconocimiento de los grupos o talleres por Resolución Administrativa del Decanato, la atribución de la calidad de “cooperante” en el Reglamento de funcionamiento de talleres de investigación de la Facultad y principalmente por la organización de estos, el estudio e investigación intramuros y la difusión extramuros de su trabajo con la apertura a la comunidad académica, finalmente la actuación en colectivo en los “Cursos de Verano” que se ofrecen anualmente, que puede reconocerse como una actividad de responsabilidad social bajo el método de “Aprendizaje-servicio”.

6. Referencias

Acosta Silva, A. (2018). Gobernanza universitaria: contextos y actores. Prólogo. En Investigaciones sobre Gobernanza Universitaria y Formación Ciudadana en Educación. Gónzales Ibarra, J. D, (dir.). Ganga Contreras, F. et. al. (coord.). (12). https://bit.ly/2QoRfUz

Acosta-Silva, A., Ganga-Contreras, F y C. Rama-Vitale. (2021). Gobernanza universitaria: enfoques y alcances conceptuales. Revista Iberoamericana de Educación Superior, (33), (3-17 y 5). https://bit.ly/3bwk1Ka

Comisión Nacional de Acreditación, CNA-Chile. (2018). Formación en gestión académica. Publicaciones esporádicas. https://bit.ly/3tY1f4K

Director de la Unidad de Investigación de la Facultad de Derecho de la UNMSM. (2021). Carta N.° 019-UI-FD-2021, Dr. Carlos Antonio Pérez Ríos.

Fossatti, P., Ganga, F. y H. S. Jung, (2017). Reflexiones en torno a la gobernanza universitaria: Una mirada desde Latinoamérica. Revista Espacios, 38 (35). (14). https://bit.ly/3hIOhph

Fossatti, P. y D. Vaz. (2019). Estrategias y aprendizaje con la cultura digital en tiempos de coronavirus: experiencia de la Universidad. En Ganga Contreras, F. et. al. Gobernanza Universitaria. Experiencias e investigaciones en Latinoamérica, (29). Ediciones USTA. https://bit.ly/2RrsCH4

Guerra Cerrón, J. M. E. (2011). “Una forma de estudiar y hacer el Derecho por estudiantes: Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos”. Suplemento de análisis legal del diario oficial, El Peruano, N.º 348. Año 7. (4-5). https://elperuano.pe/suplemento/juridica

Tinoco Gómez, O. y R. Vizarreta Chía. (2014). Extensión universitaria, proyección social y su relación con la investigación y formación profesional en el marco del proceso de acreditación universitaria en la FII. Revista de la Facultad de Ingeniería Industrial, 17(1): (39-45). https://bit.ly/3w5w3BW


* Actualmente, en la Facultad de Derecho y Ciencia Política se encuentra vigente un nuevo Reglamento de talleres y grupos de estudio; sin embargo, ello no cambia el concepto de lo cogestión académica con un rol protagónico de los estudiantes.

“Bitácora” de los Congresos de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario 

Los Congresos de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario se realizan desde el año 2012, primero se presentaron anualmente y desde el año 2014, se decidió que la organización sería cada dos años. 

Desde el año 2011, cuando se acordó organizar un Congreso, se asumió un compromiso de sostenibilidad y se tuvo claro que el enfoque multidisciplinario resultaba necesario, pues no había otra forma de estudiar y comprender al Derecho Comercial, como parte de un sistema jurídico. Esa ha sido y es la característica de nuestros congresos: la multidisciplinariedad, tal y como puede verificarse en las diferentes versiones.

 Los profesionales que vienen participando en nuestros congresos son profesionales nacionales y extranjeros, incluso en alguna oportunidad, se ha dedicado un espacio a estudiantes y egresados de la carrera de Derecho.

La pandemia por el COVID-19 no fue obstáculo para suspender la presentación de los congresos, por ello en el año 2020 se ofreció el 6to. Congreso y este año, en el que aún existen restricciones para la presencialidad, la tecnología permitirá que se realice el séptimo congreso.

A continuación, se hace un recuento de los congresos realizados y el que se presentará este año.

Séptimo Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

Este año, el 24, 25 y 26 de noviembre se llevará a cabo el 7mo. Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario con la temática «Transformaciones y tendencias actuales del Derecho Comercial. Auge del emprendimiento empresarial» en el cual se responderán interrogantes como ¿cuáles son las nuevas tendencias en el ámbito del Derecho Comercial?, ¿qué transformaciones ha ido experimentando el Derecho Comercial a través de los años? y ¿cuál es el camino del emprendedor en la era del auge del emprendimiento empresarial?, entre otras, que serán desarrolladas por más de 25 expositores nacionales e internacionales. Debido a que se mantienen algunas restricciones para realizar eventos presenciales, la modalidad del evento será virtual.

Séptimo Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

Esta séptima versión se presenta como un evento de SOCIEDADES (grupo conformado por el Instituto Sociedades, Grupo de Estudios Sociedades, Boletín Sociedades, Blog Sociedades y Sociedades TV), con el respaldo de Instituto Sociedades, y la colaboración del Instituto Peruano de Derecho Mercantil. 

En los Fanpage: @b.sociedades o @GESociedades se puede encontrar la información y el programa de este congreso. Igualmente se puede solicitar información en: eventos.sociedades2022@gmail.com

Sexto Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

En el 6to. Congreso de Derecho Comercial-Empresarial, enfoque multidisciplinario, la temática fue “Transformación Digital y el impacto internacional del Legal tech y Tech law”. Esta versión se presentó del 21 al 24 de octubre del año 2020, durante la pandemia por el COVID-19, con la participación de expositores nacionales y extranjeros.

Quinto Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

En el 5to. Congreso la temática fue de temas societarios, títulos valores y derecho de mercado de valores y fue presentado del 25 al 27 de setiembre del año 2018.

Cuarto Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

La temática del 4to. Congreso fue Derecho Civil patrimonial realizado del 4 al 6 de mayo del año 2016.

Tercer Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

Por primera vez como temática de un congreso, se presentó “A propósito de los plenos jurisdiccionales en materia comercial”, del 5 al 7 de noviembre del año 2014.

Segundo Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

En el año 2013, del 12 al 14 de noviembre, se realizó el 2do. Congreso con la temática comercial, empresarial y corporativa.

Primer Congreso de Derecho Comercial Empresarial. Enfoque multidisciplinario

En el año 2012, del 26 al 28 de septiembre, se realizó el 2do. Congreso con la temática empresarial y arbitral.

Títulos valores en el Perú: títulos valores y Derecho del mercado de valores

Los títulos valores en el Perú: títulos valores y Derecho de mercado de valores. Legislación, doctrina, práctica, reforma y derecho comparado es la tercera obra colectiva del Grupo de Estudios Sociedades y Boletín Sociedades, editada por el Instituto Pacífico- Actualidad Civil (2020).

Puede consultarse el índice de la obra en:

Índice de la obra

Presentación de la obra Los títulos valores en el Perú

Grupo de Estudios Sociedades y Boletín Sociedades presentan su tercera obra colectiva editada por el Instituto Pacífico- Actualidad Civil, 2020, mediante el seminario Títulos valores y mercado de valores que se realizará por la plataforma Zoom en noviembre del presente año.

Programa


Ingreso gratuito.

Fechas y horas:


Sábado 14 de noviembre, 17:00 – Presentación de la tercera obra colectiva e introducción al seminario.
-Viernes 20 de noviembre, 19:00 – Seminario Títulos Valores I.
-Sábado 21 de noviembre, 17:00 – Seminario Títulos Valores II.
-Viernes 27 de noviembre, 18:30 – Seminario Derecho de Mercado de Valores.

Sorteo de ejemplares de la obra colectiva entre los inscritos y asistentes a cada sesión.

Inscripción en seminario:

Inscripción AQUI

Sobre el libro:

¿Cuáles son las diferencias entre las modalidades trabajo remoto y teletrabajo?

Milagros Alva López

Estudiante de 3er año de Derecho de la UNMSM

Como complemento del Distanciamiento Social, en el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional, se ha implementado la modalidad del “trabajo remoto”; sin embargo, también hay otras modalidades como el “teletrabajo”, el “trabajo a distancia” y el “trabajo a domicilio. El común denominador entre todas es el trabajo a distancia y la diferencia resaltante está en el uso de la  tecnología. A continuación detallamos algunas diferencias que nos permitirán identificar plenamente en qué consiste el trabajo remoto y el teletrabajo.

Trabajo remotoTeletrabajo
Se presenta en una situación excepcional como en un estado de emergencia sanitaria.Es una modalidad de trabajo constante.
El  trabajo puede ser con o sin medios tecnológicos.Se caracteriza por el uso de las tecnologías de la informción y la comunicación (TIC).
Decreto de Urgencia Nº 026-2020[1]Ley Nº 30036[2]
Es una prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario.Es el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador en la empresa con la que mantiene vínculo laboral. Puede ser realizado en el domicilio u otro lugar de su preferencia.
Es unilateral ya que el empleador comunica al trabajador el cambio del lugar de la prestación de servicios, excepto los trabajadores infectados por Covid-19 y los que se encuentran con descanso médico. Es aplicable en el sector público y privado.  Es voluntario y se manifiesta mediante un acuerdo físico o digital. En otras palabras, no puede ser impuesto arbitrariamente por el empleador.
La duración está sujeta a la  vigencia de la emergencia sanitaria nacional declarada mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA.La duracion está sujeta a lo que determinen las partes.  
  No hay una reversión en esta modalidad, ya que depende de la duración del estado de emergencia sanitaria.  La reversión de la modalidad puede ser solicitada por el trabajador. Además, la decisión puede ser del empleador cuando el trabajador no cumpla las expectativas acordadas.  
Las capacitaciones se dan durante el estado de emergencia. La implementación de los recursos, en su mayoría, está sujeta a la posibilidad de cada trabajador.  La  capacitación debe ser realizada antes de inciarse la prestación de servicios, y deben implementarse los recursos necesarios para poder llevarse a cabo la actividad laboral.
El trabajdor tiene la obligación de cumplir las normas de seguridad y salud. La empresa solo tiene la función de capacitar con respecto a esos temas[3].La empresa es responsable del cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.

En definitiva, la novedosa modalidad del trabajo remoto ha provocado muchas dudas con respecto a su aplicación en el estado de emergencia sanitaria. Es por ello que las diferencias señaladas, entre ambas modalidades de trabajo, nos permiten comprender sus alcances dentro del régimen laboral y la coyuntura de nuestro país.

Terminología acerca de las estrategias de salud pública

Valery Zavala Maquin

Estudiante de Derecho de tercer año de la UNMSM

La pandemia ocasionada por el Covid-19 (corona virus), sin duda será rememorada a lo largo de la historia. Por lo tanto, las acciones, medidas y estrategias de salud pública que los Gobiernos de turno en los diferentes países ejecuten para evitar su contagio y propagación  también lo serán. En relación al Covid-19  hay una serie de palabras y  términos que se han vuelto comunes y que escuchamos diariamente: aislamiento, cuarentena, confinamiento y distanciamiento social. En general da la impresión que todos tienen el mismo significado, esto es, que son sinónimos; sin embargo, distanciamiento social, cuarentena y aislamiento  responden a estrategias de salud pública que tienen un significado especial que las diferencia;  y el confinamiento es una medida cuyo efecto es similar al distanciamiento, como lo explicaremos a continuación. 

Distanciamiento social (distanciamiento físico)

Se trata  de  una serie de tácticas efectivas destinadas a evitar que las personas se reúnan en grandes multitudes para retrasar la propagación de un virus. Una de esas tácticas es la de limitar el acercamiento físico entre las personas de 1 a 3 metros.

Con esta estrategia se busca limitar el crecimiento de la pandemia del coronavirus y evitar una explosión de casos graves que colapse el sistema sanitario.

A día de hoy son 2.159.450 el número de fallecidos a nivel mundial, demostrándose que no son solo son necesarias estrategias y medias, sino también existe una necesidad de apoyo y conciencia social por parte de toda la población.

Aislamiento (aislamiento físico)

Esta estrategia se explica con la disposición de dejar algo solo o separado de otros; apartar a una persona de la comunicación y el trato con los demás. Podemos hablar de diferentes tipos de aislamiento: social, acústico, físico, entre otros; sin embargo, en el contexto actual de pandemia se usa para separar a las personas contagiadas con Covid-19, de las personas saludables.

Este aislamiento restringe el movimiento de las personas que están enfermas para evitar su propagación, sin obviar los cuidados que deben recibir, tanto en el hogar, como en hospitales o instalaciones de atención médica designadas.  

Cuarentena

El término cuarentena se origina de la frase italiana quaranta giorni, que significa ‘cuarenta días’ y se empezó a usar con el sentido médico durante la pandemia de peste negra en Venecia en el siglo XIV  que consistía en un aislamiento de 40 días que debían hacer las personas y bienes sospechosos de portar la peste bubónica. Hoy, cuarentena se utiliza para separar y restringir el movimiento de personas que pueden haber sido expuestas a una enfermedad contagiosa como el COVID-19, pero no han dado positivos en la prueba. Se les pide a estas personas que permanezcan alejadas de las demás por 14 días o más para asegurarse de que no propaguen el virus durante el periodo de incubación. Esto para ver si se enferman, esas personas pueden o no ser contagiosas[1].

Una persona en auto-cuarentena se mantiene separada de los demás, y limita sus movimientos fuera de su casa o lugar. La recomendación es que todos y especialmente las personas más vulnerables, permanezcan en cuarentena en sus hogares para evitar entrar en contacto con alguien que pueda estar contagiado.

Confinamiento

La palabra confinamiento hace alusión a recluir algo o a alguien dentro de límites, es decir, apartándolo de su libertad. Tras el alto nivel de contagio que posee el Covid-19, algunos países optaron por establecer esta medida en sus estados, tales como Italia, Francia y España, este último lo definió como una medida extraordinaria y de emergencia por la que se decreta el cierre de establecimientos de ocio, turísticos, culturales y en la que se restringen los desplazamientos de la población en la zona confinada a movimientos de carácter laboral, asistencial, emergencia o aprovisionamientos de comida o productos farmacéuticos.[2]

Así también, el Gobierno holandés introdujo el concepto de “confinamiento inteligente”, que sería una estrategia en la que se permite aún salir a la calle pero con el cierre de los lugares de reunión social, esto como estrategia de salida gradual de un confinamiento tras la crisis del coronavirus.

En resumen, la estrategia general en el Perú a la cual estamos sometidas todas las personas que no estamos contagiadas con el Covid-19 es de “distanciamiento social”; mientras que las personas contagiadas cumplen con “aislamiento”  y aquellas personas que por diferentes circunstancias se sospecha que podrían estar contagiadas tendrán que estar en cuarentena. El confinamiento es una medida extraordinaria que se ha impuesto especialmente en algunos países como en Europa cuyos efectos son similares al distanciamiento social, aunque con mayor flexibilidad que nuestra estrategia de salud pública nacional.


[1] Para más información: https://www.cdc.gov/quarantine/index.html Consultada el 18-04-20).

[2] La vanguardia. (2020). Así prevén los distintos países salir del confinamiento tras la crisis del coronavirus. España. https://www.lavanguardia.com/vida/20200414/48492651552/paises-salida-confinamiento-crisis-coronavirus-espana-italia-estados-unidos-alemania.html (Consultada el 18-04-20).