
En esta edición, el Boletín Sociedades se complace en presentar la entrevista realizada a la Dra. Marianella Ventura Silva, quien se desempeña como secretaría general del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, una de las instituciones más prestigiosas del país en la resolución de disputas a través del arbitraje; quien en esta oportunidad nos comenta, entre diversos aspectos, sobre su estancia universitaria y su experiencia en tan importante institución.
Entrevistan:
Manuel de Jesús ACOSTA DELGADO
Giampieer Jorge ALARCÓN PAUCAR
Gianella LEZAMA COAGUILA
Leidy Lisset LIZARME CORONADO
Marilu Danissa RAMOS CAPARACHIN
¿Cómo surge en usted el interés por estudiar Derecho luego por profundizar sus conocimientos en el arbitraje?
Desde muy temprana edad tuve mucho interés por las humanidades y me surgía natural adoptar el rol de intermediaria cuando había discusiones entre amigos, quienes, bromeando, me decían que debía ser jueza. Posteriormente, a medida que pasaba el tiempo, comencé a sentir una gran curiosidad por entender cómo funciona el mundo que nos rodea. Estas razones me llevaron a decidir estudiar la carrera de Derecho.
Luego, me especialicé en arbitraje y, en particular, en arbitraje internacional, entre otros motivos, por mi propia experiencia de vida. Nacida en Perú, estudié en un colegio bilingüe, luego por razones personales viví muchos años en Italia, muy cerca de la frontera con Francia, en donde se hablaba italiano y bastante francés, de manera que siempre estuvo muy latente el elemento de la internacionalización en mi vida. Durante la universidad, siempre opté por cursos electivos en materia de derecho internacional y de derecho comercial internacional; éste último incluyó unas clases referidas al arbitraje comercial internacional, y quedé totalmente fascinada con este mecanismo alternativo de resolución de disputas que podía ser definido según las necesidades de sus usuarios.
Usted ha estudiado el pregrado en la Università di Pavia, en Italia y la maestría en Stockholm University, en Suecia. ¿Qué experiencia nos puede compartir acerca de su estancia en estas universidades?
En el caso de la Universitá di Pavia, se trata de una universidad italiana muy tradicional, que procura excelencia académica; cuenta con muchos profesores a tiempo completo que residen en la ciudad, siendo además una ciudad universitaria, lo que motiva un ambiente de estudio y de aprendizaje continuo.
En el caso de la Stockholm University, se trata de una universidad con un enfoque más innovador, está en una capital europea con una mentalidad de vanguardia y en un ambiente marcadamente multicultural.
Los docentes de ambas universidades supieron motivar, de forma muy diferente, mi curiosidad intelectual y me transmitieron muchísimo conocimiento y experiencias profesionales y personales.
¿Qué métodos de enseñanza podríamos emular las universidades peruanas de estas prestigiosas universidades?
En la Università di Pavia habían muchos exámenes orales y creo que eso es importante para la carrera de Derecho, pues uno aprende a exponer en público muy bien sus conocimientos y su punto de vista. Creo que lo ideal es combinar exámenes escritos y exámenes orales.
Por otro lado, en la Universidad de Estocolmo, se tenía un corte muy práctico e incluso invitaban a muchos ponentes o profesores internacionales, profesionales de renombre que compartían con los alumnos sus experiencias prácticas, sumamente enriquecedoras.
Usted es secretaría general del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, la institución más relevante del arbitraje en nuestro país, ¿nos puede contar cómo así surge esta designación en este importante cargo?
Trabajé como secretaria arbitral en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, del año 2014 al 2016, luego estuve trabajando en un estudio de abogados y en el año 2019 lanzaron una convocatoria para el cargo. Al cumplir ampliamente con los requisitos solicitados para el perfil, me presenté a la entrevista. Cuando fui seleccionada y acepté el puesto, lo asumí con gran compromiso y entusiasmo. Definitivamente constituye un reto ya que se trata de gerenciar la institución líder en el Perú y un referente en América Latina en la administración de arbitrajes y, como tal, tenemos el deber y la responsabilidad de buscar constantemente mejorar en la eficiencia y la calidad de los servicios que ofrecemos.
También considero que fue un factor importante el hecho de haber trabajado con anterioridad en la institución, ello jugó a mi favor porque ya conocía el centro por dentro, las funciones, los procesos internos que muchas veces los usuarios no conocen, los puntos débiles y las mejoras que se podían implementar; de la mano con ello también sabía lo que podía esperar y pedirle a los miembros del equipo y la manera de motivarlos para alcanzar los objetivos que nos fijamos.
Sabemos que el arbitraje institucional se caracteriza porque las partes acuerdan otorgar la administración del caso a un centro de arbitraje, ¿cuáles serían las ventajas de un arbitraje institucional frente a uno de naturaleza Ad Hoc?

En los arbitrajes institucionales, los aspectos logísticos del arbitraje son organizados por una secretaría arbitral con experiencia, lo que permite a los árbitros concentrarse en los aspectos de fondo del arbitraje. Además, las partes pueden escoger árbitros de nuestro registro de árbitros, cuya experiencia y ética han sido previamente validadas por la institución, y, durante la conducción del arbitraje, cuentan con una Secretaría General y un Consejo Superior de Arbitraje para la supervisión de su correcto desarrollo. Otra ventaja es la mayor previsibilidad de los costos del arbitraje, los cuales son previamente establecidos por la institución y pueden ser consultados en la página web del Centro de Arbitraje.
¿Cuáles serían las principales innovaciones de la Cámara de Comercio de Lima que lo diferencia de otros centros de arbitraje?
En primer lugar, en relación a la tecnología y la transparencia, desde el 2019 contamos con una plataforma digital llamada “Faro de Transparencia” que se encuentra en la página web del Centro de Arbitraje donde los interesados pueden consultar, libre de costo, información clave sobre el desempeño de los árbitros que han tenido casos administrados por nuestra institución desde el 2012. En particular, los usuarios pueden consultar el número de casos que un árbitro tiene en giro, cuál es su promedio de tiempo para laudar, si ha compartido tribunal con un determinado árbitro más de tres veces en los últimos tres años, si ha sido designado como árbitro por un abogado o un estudio de abogados más de tres veces en los últimos tres años, si cuenta con sanciones por parte del Consejo Superior o si los laudos emitidos por estos han perecido ante un recurso de anulación, y también consultar laudos emitido en arbitrajes en materia de contratación pública y reseñas de laudos en materia comercial. Mediante esta plataforma nuestros usuarios están en la posición de poder tomar decisiones, como la de designación de árbitros, contando con mayores elementos de información.
En segundo lugar, con la finalidad de mejorar la calidad de los arbitrajes, promover que los tribunales gestionen el proceso arbitral en una forma eficiente, optimizar los costos y el tiempo de su duración, desde septiembre de 2020 contamos con la Nota Práctica N. 3/2020, mediante la cual el Consejo Superior de Arbitraje estableció la necesidad de contar en todo arbitraje con un calendario procesal acordado por las partes, con fechas concretas para la presentación de escritos, para la audiencia, para el cierre de las actuaciones y para la emisión del laudo. Me alegra compartir con ustedes que la implementación de esta medida nos ha permitido reducir el promedio de duración de los arbitrajes en más del 40%.
Tomando en cuenta los principales avances tecnológicos, ¿cómo se percibe este proceso de modernización en la Cámara de Comercio de Lima y cuáles han sido los mayores retos durante la pandemia del COVID-19?
El COVID-19 representó un reto y una oportunidad para adoptar los medios tecnológicos en la conducción de los arbitrajes de manera virtual. Nuestro reglamento de arbitraje, vigente desde el 1 de enero de 2017, es un reglamento moderno y flexible que incluye la posibilidad de realizar actuaciones procesales de manera tecnológica. Sin embargo, previo a la pandemia no era la práctica de los tribunales arbitrales el adoptar la tecnología al 100% en la conducción de los arbitrajes. En las órdenes procesales de reglas se permitía a las partes presentar sus escritos por correo electrónico, pero esencialmente se limitaba a eso.
Desde antes de la pandemia, el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima contaba con un software llamado “Arbitraje Online” en donde se encontraban cargados los escritos y las comunicaciones de los arbitrajes; sin embargo, durante la pandemia, debido a la imposibilidad de desplazamiento, potenciamos dicho software y los usuarios empezaron a aprovechar todas sus funcionalidades, como presentar sus escritos directamente a través de la plataforma, visualizar los videos de las audiencias desde ahí y otros datos relevantes del caso, así como pagar las provisiones del arbitraje a través del mismo sistema, entre otros. Un proceso similar se dio también respecto de nuestra mesa de partes virtual para la presentación de solicitudes de arbitraje, la cual se había utilizado en muy pocos casos antes de la pandemia.
Este proceso de modernización, avanzó de la mano con la Nota Práctica N° 1/2020 del Consejo Superior de Arbitraje, mediante la cual se exhortó a los tribunales arbitrales a revisar y modificar las reglas de los procesos de manera que se pudieran emplear los medios tecnológicos en la conducción de los arbitrajes.
Se trató pues de un trabajo con distintos frentes. La pandemia dio la oportunidad de impulsar y permitir el cambio de mentalidad de los usuarios y, por el lado de la institución, se trabajó en la modificación de las reglas mediante la Nota Práctica N° 1/2020 y el fortalecimiento de los softwares que, si bien ya se existían, se potenciaron para que los usuarios pudieran sacar el mayor provecho.
En la última década el Estado peruano ha obtenido resultados desfavorables en muchos de los arbitrajes donde ha intervenido. Este panorama poco favorable tanto para las entidades como para los contratistas hizo propicio el camino para la incorporación en nuestra legislación de los dispute boards o junta de resolución de disputas. Desde su perspectiva, ¿cuáles son los principales beneficios que nos ofrece esta modalidad de solución de controversias?
La junta de resolución de disputas es una herramienta de prevención y/o resolución de disputas que tiene dos modalidades: i) permanente y ii) ad hoc.
La modalidad ad hoc se constituye para la resolución de un problema específico, mientras que en la modalidad permanente, que es la que se propone en el Reglamento de Junta de Resolución de Disputas bajo la Ley de Contrataciones con el Estado del Centro Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, la junta se constituye desde que comienza la ejecución del contrato y lo acompaña durante todo ese tiempo. Esto hace que tenga una función importante de prevención de disputas. Los adjudicadores que conforman la junta realizan visitas periódicas a la obra y verifican el avance de ésta (si se están dando los trabajos conforme a lo pactado) y si detectan alguna posible contingencia en ese momento pueden conversar con las partes de manera informal y brindar recomendaciones para corregir eventuales defectos y, así, evitar una futura controversia.
Esta función de prevención de disputas, más que de resolución de las mismas, me parece clave para mantener las buenas relaciones comerciales entre las partes. Además, este mecanismo evita las paralizaciones de obras, que perjudican tanto.
¿Nos podría comentar sobre la experiencia obtenida luego de implementar el servicio de Administración de Juntas de Resolución de Disputas para la industria de la construcción por parte del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima?
Se lanzó el servicio de Junta de Resolución de Disputas en el año 2020 con un reglamento enfocado al ámbito de la contratación pública que recoge los requisitos establecidos en las directivas del OSCE. Luego, hemos lanzado recientemente, el 1 de enero del presente año, otro servicio que es el de Dispute Boards, un mecanismo similar pero con un reglamento distinto, más enfocado a la contratación entre privados, contratación internacional, que puedan estar contenidos en los modelos FIDIC y, también a nivel nacional pueden servir para contratos de APPs.
En ambos reglamentos se han adoptado las mejores prácticas internacionales en la materia. Vale la pena destacarlo, porque a nivel local es un mecanismo nuevo. Las primeras experiencias en nuestro país han sido positivas y han estado relacionadas con los Juegos Panamericanos que se llevaron en Lima, en el cual había contratos bajo el modelo FIDIC y se constituyeron unas Dispute Boards y, a raíz de los buenos resultados, se ha comenzado a difundir más información sobre este mecanismo. Al momento, tenemos una junta de resolución de disputas sobre un proyecto muy importante que involucra la pavimentación de una carretera y la experiencia es positiva.

¿Debería eliminarse el arbitraje administrativo en el Perú?
El arbitraje ofrece muchos beneficios, los cuales son importantes también para las controversias en materia de contratación pública. En primer lugar, en arbitraje, las controversias son resueltas por árbitros altamente especializados en la materia. En segundo lugar, los arbitrajes son céleres y eficientes; como les comenté, a raíz de medidas adoptadas por nuestra institución recientemente, el tiempo de duración promedio de los arbitrajes que administramos se han reducido significativamente. En casos de arbitrajes institucionales, además, existe un gran control por el cumplimiento de estrictas reglas éticas por parte de los intervinientes en los procesos arbitrales y la adopción de las mejores prácticas a fin de ganar en eficiencia.
Considero que eliminar el arbitraje administrativo sería un error. El Poder Judicial no ofrece mayores eficiencias ni garantías respecto a las que ofrece el arbitraje y se encuentra sobrecargado.
Tomando como marco de referencia a la nómina de árbitros del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, ¿cuáles son los elementos que se deben considerar para la elección de un árbitro? Respecto a las nuevas generaciones de árbitros, ¿qué tan importante resulta la experiencia para ser designado como árbitro?
El poder designar a un árbitro local o internacional es una de las grandes ventajas que ofrece el arbitraje. Por tanto, es muy importante que los usuarios, junto con sus asesores legales, realicen un buen estudio para seleccionar a los árbitros considerando que sea un especialista en la materia y que tenga una trayectoria intachable. Personalmente, además, considero adecuado tener en cuenta la carga laboral que tiene el árbitro para estar seguros de que este podrá atender adecuadamente el arbitraje y hacerlo en tiempos razonables.
En cuanto a la experiencia, sin duda es importante, pero creo que no es indispensable, porque hay árbitros jóvenes que pueden estar muy capacitados en la materia que se discute y que pueden tener mayor disponibilidad de tiempo para estudiar el caso y adentrarse en sus aspectos. Podría ser bueno incluso designar a un árbitro joven, siempre y cuando el mismo esté muy bien preparado y tenga un buen manejo del caso. Es importante, por ejemplo, que haga sentir su voz dentro del tribunal arbitral y que no se deje apabullar por árbitros con mayor experiencia.
Conocemos que adicionalmente a su actividad profesional, es fundadora de Arbitration 360°, un equipo conformado por abogados con experiencia local y extranjera, que comparten la visión de ejercer la profesión con altos estándares éticos y buscan ampliar y profundizar el alcance de las discusiones académicas y prácticas sobre el arbitraje doméstico e internacional, generando contenido informativo propio que es difundido mediante el uso de la tecnología, medios de comunicación y redes sociales; ¿cuál cree usted que es el impacto de estos espacios académicos extracurriculares dentro de la formación de un estudiante de derecho y para el ejercicio de la profesión?
Me parece que los espacios académicos extracurriculares son fundamentales para los estudiantes de derecho porque les permiten satisfacer su curiosidad académica a través de la investigación y de la revisión de las prácticas nacionales e internacionales para comparar cómo estamos haciendo las cosas en nuestro país frente a las tendencias que aparecen en el mundo, con la finalidad de mejorar nuestro nivel. Ello, además, permite ampliar la red de contactos del estudiante, ganar más conocimientos e, incluso, en determinados casos, perfeccionar habilidades blandas. Todo ello es muy importante para un futuro abogado.
¿Cuál sería la proyección de Arbitration 360°?
Seguir proponiendo actividades innovadoras en base a la selección de temas muy específicos. Por la pandemia, se ha incrementado la oferta de eventos, seminarios, etc. en el mercado, no obstante, suele ser sobre temas muy tratados, lo cual hace que varios de los eventos virtuales ya no sean tan interesantes.
Nosotros, como asociación, hemos pensado enfocarnos en actividades seleccionadas, tal vez pocas, pero buenas, ya sea por los temas que se tratarán o por los ponentes de primer nivel que nos acompañarán.
Además, buscamos que desde afuera se vea un trabajo de equipo y no de individualidades.
Este año el Boletín Sociedades cumplirá 12 años de continuas publicaciones, ¿nos podría dejar un mensaje a nuestros más de 20,000 seguidores que nos leen?
Quiero felicitarlos por estos casi 12 años de publicaciones continuas, lo que demuestra la perseverancia, el compromiso y el interés genuino de las personas que componen el Boletín Sociedades. Los animo a seguir con ese apetito de conocimiento para que sigan creciendo con tanto éxito.
Muchas gracias por la entrevista.