Elogio a un maestro sanmarquino

Escribe: Yasser Toledo Cumapa

Estudiante de 5.° año de Derecho de la UNMSM

Miembro principal del Grupo de Estudios Sociedades

Fuente: La República

I. Introducción

Hace algunos años, cuando los vestigios de la pandemia todavía limitaban la presencialidad de las cátedras sanmarquinas, tuve la oportunidad de exponer en el curso de Teoría general del Proceso sobre la vida y obra del maestro José Antonio Silva Vallejo. En efecto, lo hice frente a una pantalla que proyectaba la figura intimidante de quien juzgaría mi lenguaje y la veracidad de la información, pues se trataba de nada más y nada menos que el mismísimo Silva Vallejo.

Para mi suerte, en esa exposición no tuve que citar algún autor alemán o francés, así que fue un trabajo medianamente decente. Sin embargo, en el curso de Historia general del Derecho que dictaba Silva Vallejo, expuse sobre la Escuela culta o humanista, y entonces, las carajeadas que recibí por evocar incorrectamente aquellos apellidos impronunciables todavía permanecen en mis recuerdos.

Conservé el escrito con enorme cariño. Ahora, con la partida de Silva Vallejo, honrar su memoria, como él hizo en vida con los grandes maestros que evocaba en cada clase, es tarea de quienes tuvimos el placer de presenciar su poesía. O como dijo Silva Vallejo acerca de Mariano Ibérico: la emoción intelectual, la vivencia estética y el privilegio universitario de escuchar sus grandes clases.

II. Un hombre de leyes

Nació el 12 de febrero de 1936, en Chiclayo, en la tierra de los moches, de la cultura Lambayeque o Sicán, de la marinera y del club Juan Aurich. José Antonio Silva Vallejo dedicó su vida a la historia, a la filosofía y al derecho, grandes pasiones que le permitieron navegar en el oceánico mundo de las ideas, la investigación y el análisis jurídico que suscitó la producción de una vasta obra.

Estudió en el Colegio Nacional San José de Chiclayo y culminó la secundaria en el Colegio Militar Leoncio Prado, escenario castrense que inspiró a su compañero de aula y promoción, Mario Vargas Llosa, a escribir La ciudad y los perros, novela que nos dio entrañables personajes como el Jaguar, el Esclavo, el teniente Gamboa y el Poeta. No me puedo dar el lujo de mencionar al «poeta», sin pasar por alto al inmortal Cesar Vallejo, tío abuelo del maestro José Antonio Silva Vallejo, cuyo verso elegante y metafórico, enalteció la literatura peruana en obras como Trilce, Los heraldos negros, El tungsteno, Fabla Salvaje y demás ficciones y poemas que nos embarcan en un viaje sin retorno a las complejidades de la condición humana.

Ante la duda razonable de prolongar la carrera militar, el doctor García Rada y su padre, don Nicanor Silva Salgado, le aconsejaron que estudie derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. En los claustros sanmarquinos, el universitario Silva Vallejo fue discípulo de Raúl Porras Barrenechea, uno de los grandes historiadores que sembró el país, al igual que Jorge Basadre (1931), en cuyo ensayo Perú: problema y posibilidad, destaca que nunca hay que perder la fe, que aquellos que caen en el pesimismo, la amargura y el desencanto, ignoran que el Perú es todavía una posibilidad, porque problema ya lo es por desgracia. Si las almas de estos historiadores renacieran en estos tiempos de oscurantismo, habrían llegado a la conclusión de que nada ha cambiado, que incluso el país está peor, que la miseria moral y el descenso de los valores han reinado en una sociedad fagocitada por la chabacanería y la corrupción.

El maestro Silva Vallejo se titularía como abogado en el año 1960 con la tesis La mala fe en el Proceso Civil, donde cita el ensayo de Josserand titulada Un ordre juridique noweau, el cual dilucida que «el derecho ha perdido sus condiciones de estabilidad, haciéndose caprichoso, movedizo y fugitivo, transformándose a merced de las necesidades económicas: el contrato ha dejado de ser vinculum y desaparecen sus originarias condiciones de duración y seguridad: lo que ayer era lícito, hoy resulta condenable y mañana vuelve a ser correcto. Así como un día se apartó el derecho de las leyes divinas, hoy se aleja visiblemente de la ley moral». Asimismo, en su tesis denuncia el colapso del ordenamiento jurídico peruano, una crisis de la organización judicial, crisis de la desadaptación del juez y de las partes por la fosilización de las viejas normas procesales, producto de la antinomia creada por el choque entre la buena fe civil y la mala fe procesal; entre la común intención de las partes y la inobservancia de la justa composición de la litis.

Cuando se recibió como abogado, Silva Vallejo retornó a su natal Chiclayo para ejercer la abogacía y trabajó en el Tribunal Correccional. A sus 44 años, recibió la propuesta de trabajar como vocal titular de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia en Lima, alcanzando el cargo de presidente interino. En 1962 fundó la Universidad Nacional de Lambayeque y fue decano de su Facultad de Derecho, donde ejerció la cátedra de Introducción a la Filosofía, Título Preliminar del Derecho Civil, Personas naturales y jurídicas, Introducción al Derecho, Acto jurídico, Teoría general del Proceso y Derecho Procesal Civil.

En 1971, Silva Vallejo fue incorporado como miembro honorario del Instituto Español de Derecho Procesal, con sede en Madrid. En Perú fue miembro honorario del ilustre Colegio de Abogados de Lima, Lambayeque, Piura, Tacna y La Libertad. En 1987 ganó el concurso de vocal titular de la Corte Suprema, desempeñándose como miembro de la Primera Sala Civil, presidente de la Sala Constitucional Permanente y de la Sala Civil Permanente, alcanzando el grado de vocal decano de la Corte Suprema.

III. El quehacer del jurista: escribir

Su incesante búsqueda del saber, sus inquietudes ontológicas y espíritu de rebeldía lo estimularon a escribir diversas obras, enfrentando una y otra vez, las innumerables hojas en blanco que desafían a un investigador. En La vida y el pensamiento de Piero Calamandrei (1987), Silva Vallejo elogia a uno de los grandes maestros de la Escuela clásica italiana del Derecho Procesal. Calamandrei señala que el juez es como el historiador porque se encarga de la construcción lógica de los hechos, declarando la verdad de los mismos. Tanto el juez como el historiador, imparten el justo orden lógico de los acontecimientos, sin predicar la fantasía, pues la materia de su labor son los datos preexistentes y verídicos. El verdadero trabajo del juez e historiador es construir una historia real, objetiva e imparcial, sin sesgo de irrealismo, lejos de toda patraña juzgadora e insolente.

El maestro de Florencia jamás vio el proceso como un simple certamen, al contrario, estudió la ciencia procesal en toda su dimensión. La jurisdicción es el reflejo de una de las más altas manifestaciones del espíritu y la defensa, una manifestación de la triada divina en la que se resume el juicio. El proceso no es un escenario de conferencistas, ni un salón de desocupados que cambian entre sí conceptos ingeniosos, ni una sala de esgrima, ni un dormitorio. Los abogados no son artistas de circo: la justicia es una cosa seria (Calamandrei 1956, 117). Frente a esta cita de Calamandrei, el maestro Silva Vallejo recuerda que cuando escucha a un abogado hablar mal del juez o viceversa, determina que sería necesario que el abogado ejerciera de juez dos meses al año y que el juez hiciera de abogado un par de meses también cada año, aprenderían así a comprenderse y a compadecerse.

La magna obra de Silva Vallejo comprende los dos volúmenes de La ciencia del Derecho Procesal (2009), quizá la obra de su vida, quizá su gran obra maestra, inspirado en su tesis de doctorado titulado Teoría general del proceso (1970). Para Silva Vallejo, el Derecho Civil es un refugio para la contemplación y la práctica de los valores del espíritu, en una época vil y agónica de la sociedad y la cultura donde hay crisis de hombres y de valores, crisis normativista y jurisprudencial, una crisis del Estado y la moral. Ante los desasosiegos que impregnan en la sociedad, el derecho surge como el ente rector de nuestras vidas.

La catástrofe del proceso civil en el Perú, expresado en ese entonces por el Código de Procedimientos Civiles, cuyas reformas parecen ser parches y remedios, pero no la cura para los vacíos y lagunas legales que son aprovechados por tinterillos que actúan de acuerdo a la brújula de sus intereses monetarios, oscureciendo la administración de justicia. Silva Vallejo propuso que no bastaba con una mera reforma del Código de Procedimientos Civiles o de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sino una reforma conjunta y paralela de ambas leyes obsoletas, una evolución ideológica e infraestructural en las que todos, en cierta parte, tenemos culpabilidad, desde el abogado con su imperdonable ignorancia, el legislador con su soberbia, hasta el juez, a veces debilitado por el poder político de turno. ¿Podríamos decir lo mismo del actual Código Procesal Civil? Los que conocimos a Silva Vallejo, sabemos su crítica feroz ante la norma adjetiva.

IV. La escuela civilista del Perú

En su discurso a La escuela civilista peruana, Silva Vallejo realizó un homenaje a Rómulo Lanatta en el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. El maestro menciona que el Derecho Civil, su escuela y sus maestros, constituyen nuestra consolación, nuestra filosofía y nuestro reto. Esa maravillosa escuela que nos ha permitido y seguirá permitiendo filosofar a propósito del hombre y de su acto jurídico. El derecho, en cuanto ciencia interpretativa del hombre, sus hechos y valores, en cuanto investigación teórica de la existencia humana y de su finitud o su destino. Couture escribió en el prólogo de Introducción al estudio sistemático de las providencias cautelares de Calamandrei que, para formar una escuela en torno a una universidad o instituto científico, se han de requerir tres cosas: maestros, tradición y la fuerza de jóvenes entusiastas en esta misión. Una escuela sin jóvenes no es escuela, porque solo los jóvenes junto a los mayores hacen el cúmulo de la sabiduría y del poder que la vida demanda. Una escuela existe cuando ha logrado reducir a principios los datos de la experiencia, cuando un vocablo representa un concepto fácilmente admitido, cuando una regla se ha desenvuelto hasta sus últimas consecuencias, cuando se manejan los materiales históricos con absoluta seguridad.

Nuestra escuela peruana existe, decía Silva Vallejo, por tener vida propia, principios y contenido que la identifican y distinguen, la escuela civilista tiene entre sus filas a los grandes maestros, sus continuadores y discípulos, entre ellos León Barandiarán, Max Arias Shreiber, el clásico Manuel Augusto Olaechea, don Ángel Gustavo Cornejo y el clásico Rómulo Lanatta, con su estilo apolíneo y pedagógico. La escuela civilista peruana ha tenido cuatro fases: la primera, iniciada por don Manuel Lorenzo de Vidaurre, con el proyecto del Código Civil de 1834 constituyó el primer trabajo de codificación nacional. El Código de Santa Cruz de 1836, de vida efímera, inspirado en el Código boliviano de 1830 y en el Código de Napoleón, el cual tenía que dar paso a una obra auténtica que fue el Código de 1852. Para Rómulo Lanatta, este código de 1852 es de considerable mérito por la claridad y estilo poético.

La segunda fase de la escuela civilista peruana corresponde a una primigenia búsqueda de la interpretación de la realidad jurídica peruana. Sus características han sido expuestas en el famoso discurso de don Manuel Vicente Villarán sobre las profesiones liberales y en su tesis La educación nacional y la influencia extranjera, así como el Perú contemporáneo de García Calderón, del pensamiento de José Carlos Mariátegui, de Víctor Raúl Haya de la Torre, de Víctor Andrés Belaunde y de Jorge Basadre. En esta fase se trata de establecer cuáles son las esencias de esta realidad de contrastes en su espacio, tiempo histórico y jurídico que es el Perú costeño, el Perú serrano y el Perú selvático.

La tercera fase, o también denominada etapa clásica, corresponde al Código Civil de 1936, inspirado en la sistemática del Código Suizo y en las doctrinas imperantes de Planiol y Vélez Sarsfield. Tres grandes figuras constituyen esta fase clásica: Manuel Augusto Olaechea, cuya labor de interpretación y exégesis doctrinaria de su obra legislativa, materializando su pensamiento en memorándums, en la exposición de motivos y en el articulado del Código Civil; Cornejo, en cambio, en su voluminosa producción formuló los principios sistemáticos de nuestra escuela civilista; y León Barandiarán, en su enciclopédica producción se convierte en el maestro del Derecho Civil en el Perú.

La cuarta y última fase es la prolongación y desarrollo del pensamiento jurídico peruano clásico, que el maestro Silva Vallejo lo califica de humanista y ontológica, por convertir al hombre y a su acto jurídico en el eje y centro del sistema: fase áurea del momento clásico, representado por el Código Civil de 1984 cuyos autores, León Barandiarán y Rómulo Lanatta brillan con luz propia.

V. La ficción y el derecho

Es verdad, las palabras convertidas en ficciones adquieren la inmortalidad cuando seducen el alma humana. En el epílogo de su obra Filosofía del Derecho (2012), Silva Vallejo vislumbra la fraternidad entre la literatura y la ciencia jurídica. La novela nos enseña a captar el alma del delincuente para resolver un conflicto criminológico. La dialéctica del proceso, plasmado en la magnánima pluma de sus escultores, es materia prima para la creación de ficciones. Gracias a la literatura comprendemos la retorcida psicología de Raskólnikov, impulsado por la fuerza del superhombre para derrocar los valores universales; también en los relatos góticos de Edgar Allan Poe; el conyugicidio pasional en las páginas sangrientas de Shakespeare, en la prosa de Tolstoi y Ciro Alegría en El mundo es ancho y ajeno, cuando el tinterillo que juega a doble cachete practica una astucia jurídica para despojar a los comuneros de Rumi. Leer enriquece el alma y nos enseña que la ficción trasciende las barreras del espacio y del tiempo, que la vida no se reduce a lo que racional, sino también a lo irracional, al mundo de los sueños, de la fantasía y la imaginación, de las grandes historias que hipnotizan nuestro espíritu. La literatura convierte la vida en sueño y el sueño en vida, pues, leemos para poder vivir de alguna manera las muchas vidas que quisiéramos tener cuando apenas disponemos de una sola (1).

VI. Unas palabras finales

San Marcos es Silva Vallejo y Silva Vallejo es San Marcos. Su vocación por la enseñanza, la cultura y el derecho, lo condujo a su alma mater. Efectuó diversas cátedras durante la época más trágica del Perú, cuando Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru pregonaban la lucha de clases y la toma del poder. San Marcos no fue ajeno a la crisis y el terror que llegaron a sus aulas. Las clases de Silva Vallejo eran interrumpidas por aquellas personas encapuchadas que operaban desde la clandestinidad y amenazaban con ejercer la violencia ante el incumplimiento de suspender la cátedra. Silva Vallejo, con la habitual firmeza de su personalidad, respondía con astucia y desaprobaba a quienes tenían la osadía de amenazarlo

Hasta los últimos años de su vida, el maestro Silva Vallejo ejerció la cátedra en San Marcos, deleitándonos sobre pasajes de la historia, la filosofía, el arte, la música, insistiendo en que aprendamos francés, alemán, italiano, lenguas de la cultura universal, corrigiéndonos cada vez que nos equivocamos, a veces a carajeadas para no caer en las malas costumbres, pues la labor del maestro es educar, y quien educa tiene en sus manos el futuro de la humanidad. 

VII. Notas

(1) Discurso de Mario Vargas Llosa en el Premio Nobel de Literatura de 2010.

VIII.  Referencias

Basadre, Jorge. 1931. Perú: problema y posibilidad y otros ensayos. Editorial Taurus.

Calamandrei, Piero. 1956. Elogio de los jueces escrito por un abogado, 1956. Ediciones Jurídicas Europa-América

Silva Vallejo, José. 2009. La ciencia del Derecho Procesal, tomo I y II, Legales Ediciones.

Silva Vallejo, José. 2012. Filosofía del Derecho. Legales Ediciones. 

Deja un comentario